49824 TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN "Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas" LTAIPVIL15XXVII "La información de cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones. La información se organizará por acto jurídico y publicarse a partir de la fecha en la que éste inició. " 1 4 4 9 2 2 2 1 9 1 1 1 1 4 4 1 7 2 6 7 7 7 9 7 2 4 13 14 450865 450878 450879 450855 450880 450866 450867 450859 450877 450860 450861 450862 450863 450869 450870 450864 450875 450868 450881 450873 450872 450874 450882 450858 450856 450871 450876 450857 Tabla Campos Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de acto jurídico (catálogo) "Número de control interno asignado, en su caso, al contrato, convenio, concesión, entre otros." Objeto de la realización del acto jurídico Fundamento jurídico por el cual se llevó a cabo el acto Unidad(es) o área(s) responsable(s) de instrumentación Sector al cual se otorgó el acto jurídico (catálogo) Nombre(s) del titular al cual se otorgó el acto jurídico Primer apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Segundo apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Razón social del titular al cual se otorgó el acto jurídico Fecha de inicio de vigencia del acto jurídico Fecha de término de vigencia del acto jurídico Cláusula en que se especifican los términos y condiciones del acto jurídico "Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión" "Monto total o beneficio, servicio y/o recurso público aprovechado" "Monto entregado, bien, servicio y/o recurso público aprovechado al periodo que se informa" Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año "Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda" "Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso" Se realizaron convenios modificatorios (catálogo) "Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde" "Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información" Fecha de validación Fecha de actualización Nota 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7020 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7021 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MANUEL CAMPOS HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7022 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FEJERVARY GARCIA CAMPOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7023 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VANESA GARCIA CASTAÑEDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7024 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIAN ALEXIS GARCIA GARCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7025 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7026 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARLA SOLIS MARCELINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7027 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7028 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA CHAGALA LUCHO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7029 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL VELAZCO SEBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7030 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7031 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7032 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA LOPEZ VEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7033 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINA VALENZUELA GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7034 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESSICA IRAIS VASQUEZ GARCES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7035 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZETELIA GONZALEZ COBOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7036 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ESTHER VASQUEZ VALENZUELA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7037 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7038 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7039 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7040 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA AMECA LUNA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7041 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN PARRA AMECA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7042 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS AGUILAR GUERRERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7043 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAYRA VELASCO CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7044 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUSTAVO BELLI BELLI NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7045 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado INOCENCIO FLORES DE LOS SANTOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7046 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7047 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7048 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO HERNANDEZ ORTEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7049 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7050 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFREN BURELA CASTILLO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7051 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNARDINA HERNANDEZ JESUS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7052 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7053 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7054 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7055 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN VILLEGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7056 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEIDI BELLI QUINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7057 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NICOLAS IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7058 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REBECA BASILIA DAMIAN FIGUEROS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7059 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL MIL CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7060 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS EDUARDO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7061 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA MARTINEZ DE LA O NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7062 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7063 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7064 REPARACION DE APARATOS ELECTRONICOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH BELLI VELASCO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7065 "DULCES , CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA QUINO BELLI NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7066 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GENARO CHAGALA CONTRERAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7067 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7068 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AUSENCIO CONTRERAS ROSAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7069 SERVICIOS DE CERRAJERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HAZAEL ESOINOSA VARGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7070 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7071 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ANTONIO VELASCO VELASCO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7072 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE FRANCISCO NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7073 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7074 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE ALBERTO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7075 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH RIOS VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7076 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7077 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOURDES MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7078 AGUAS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BLANCA LUZ VALENCIA SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7079 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO MIL CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7080 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7081 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7082 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA QUINO ABRAHAM NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7083 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA HERNANDEZ VALDEMAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7084 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN MEJIA CALDERON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7085 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISRAEL DUARTE ORTEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7086 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ILSE ESMERALDA DUARTE VIVAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7087 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SENAIDA ORTEGA AGUILAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7088 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNARDO FLORES NEGRELLOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7089 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLORIA M. MORTERA GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7090 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA CHAVEZ MORTERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7091 COMIDAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ABEL RASCON OSORIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7092 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAIR MAZABA VERGARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7093 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIO ESPEJO GUATZOZON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7094 DULCES Y BOTANAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA JUAREZ VILLEGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7095 FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE HERNANDEZ CORREO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7096 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MELISSA HUERTA ESTRADA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7097 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN JOSE ROMERO HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7098 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIA MALDONADO CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7099 CAFETERIA EN REMOLQUE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES EMILIO CASTRO ESCOBAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7100 CAFETERIA EN REMOLQUE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES EMILIO CASTRO ESCOBAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7101 COCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELIPE VERGARA VILLEGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7102 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA ASUNCION SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7103 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CINTHIA BERENICE DIEGO LAGUNES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7104 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ASCENCION MORGADO DE LOS SANTOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7105 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO GARCIA ROJAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7106 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA REYNA CENURION ZAMORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7107 GRANOS Y SEMILLAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA ORTEGA GARCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7108 JUGOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITO MARTINEZ ALLENDE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7109 "NOPALES, CRUCETAS Y QUELITES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SALOME PULIDO ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 320 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7110 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUELINA RODRIGUEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7111 ROPA Y ACCESORIOS EN GENERAL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITA LINALDI MARQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7112 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS FERNANDO PEREZ FRAGA ROURA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7113 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOEL RUIZ MORALES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7114 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS FERNANDO PEREZ FRAGA ROURA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7115 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS FERNANDO PEREZ FRAGA ROURA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7116 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS RAMIREZ CASTILLO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7117 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BAUTISTA ROSADO EUNICE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7118 "DULCES , CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELA SOLIS HUERTA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7119 MALETAS Y MOCHILAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELBA DELIA DIAZ PAREDES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7120 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUSTAVO DIAZ BLANCO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7121 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado THALIA IRZEL BAEZ DIAZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7122 ALGODONES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA EMILIA QUEVEDO FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7123 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IGNACIA MARTINEZ GARCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7124 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIANA ROBLES LARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7125 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS DOMINGUEZ LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7126 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLARA ELENA GOMEZ GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7127 "DULCES , CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FROYLAN VIVEROS ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7128 RENTA DE CAMAS ELASTICAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE GUILLERMO GOMEZ HERRERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7129 CHOCOLATES Y FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA RAMOS ALFONSIN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7130 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado UBALDO MATAMOROS ANGEL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7131 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCIA MEDINA DELFIN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7132 "RASPADOS, REFRESCOS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADAN MORALES JUAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7133 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GOMEZ VALENTIN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7134 "PALETAS, HELADOS Y RASPADOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIA MEDINA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7135 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA ZACARIAS MEDINA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7136 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN SILVA TAMARIZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7137 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PORFIRIO GALLARDO JIMENEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7138 NIEVES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIO NIETO GALEOTE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7139 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DEMETRIA SERRANO XOLO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7140 TAMALES DE ELOTE Y MASA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REYNALDO VELA ESPEJO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7141 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CATHY HERNANDEZ MATIAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7142 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO ALEJANDRO GALICIA CACHO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7143 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MATILDE MARIN RUIZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7144 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA BARTOLO SOLIS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7145 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITA CABALLERO LUNA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7146 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAYMUNDO JOEL NOYOLA HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7147 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA NICOLAS FLORES O NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7148 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERNESTO ELOY LOPEZ MENDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7149 DULCES Y FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINO SALAZAR DOMINGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7150 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RITA GONZALEZ VALENCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7151 TEJUINO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID CERVANTES SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7152 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEOVA VARGAS DOMINGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7153 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA ZAMORA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7154 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KEVIN LOYOLA ALVAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7155 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA DOLORES BALSECA CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7156 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HECTOR DE JESUS GONZALEZ MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7157 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEMA COELLO SAENZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7158 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERCULANO MENDOZA CHAGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7159 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MACEDA BONFIL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7160 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO GARCIA ALTO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7161 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAIME ALVAREZ CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7162 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN GABRIEL MENDOZA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7163 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORENCIA MENDOZA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7164 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL GASPAR PASTRANA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7165 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REMEDIOS IXTEPAN ROSAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7166 ELABORACION DE PASTELES Y PAN "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL TELLEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7167 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEORGINA JACOME PARRA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7168 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES CAZARES LARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7169 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IVAN CAZARES FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7170 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZAIDA CASTRO AGUILAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7171 POLLO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLIVIA CRUZ LAZARO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7172 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTO PADILLA RAMIEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7173 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TEOBAL GARCIA YOAMI ZENAIDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7174 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NARCISO SEVERIANO QUIJANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7175 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NARCISO SEVERIANO QUIJANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7176 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IGNACIO LOPEZ MUÑOZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7177 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROCIO POLITO PUCHETA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7178 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROCIO POLITO PUCHETA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7179 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFREN RIVAS LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7180 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE CARLIN SOLANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7181 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUDELIA SERRANO XOLO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7182 COMIDAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ZULEMA ALVAREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7183 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO MONTIEL VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7184 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA MONTIEL RODIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7185 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA MONTIEL RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7186 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELY RODRIGUEZ BARRADAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7187 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELY RODRIGUEZ BARRADAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7188 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO MONTIEL VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7189 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH SANCHEZ ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7190 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERNAMINA RAMIREZ RAMIREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7191 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELBA LUZ SANTOS ACEVEDO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7192 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGEL VALENCIA ZAMUDIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7193 CHURRROS Y PAPAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CORINA CORRO MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7194 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROMULO BELLI VELASCO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7195 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7196 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA SANCHEZ GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7197 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO RODRIGUEZ SOSA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7198 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERTHA ELENA GALLEGOS ORNELAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7199 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIVIANA DOMINGUEZ DOMINGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7200 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ LOZANO SALAZAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7201 FRUTAS Y RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO PEDRO BORJAS SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7202 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CASANDRA ANA KAREN VALDEZ GONSALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7203 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIA LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7204 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS SANCHEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7205 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HECTOR MANUEL BANDALA REYES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7206 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA HERNANDEZ COLLAZO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7207 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILA LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7208 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA GONZALEZ INFIESTA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7209 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OSCAR LOPEZ TAMAYO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7210 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DOMINGA HERNANDEZ COLLAZO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7211 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BENIGNA CRISTOBAL ALONSO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7212 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA HERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7213 NIEVES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SIMON RAFAEL GALICIA CACHO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7214 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALVA ALTAMIRANO OCAMPO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7215 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS JIMENEZ LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7216 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE DARIO VIVEROS TORRES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7217 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA SOTELO VARGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7218 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YOLANDA SOTELO VARGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7219 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA MARIA PEREZ LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7220 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LOPEZ SANTIS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7221 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORIANA CAMACHO MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7222 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL JUAREZ SOTELO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7223 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YAZMIN CORDOBA MOLINA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7224 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELENA NAJERA JIMENEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7225 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7226 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRMA LUZ CONTRERAS PEÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7227 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO JOSE BARCENAS VALERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7228 "BOTANAS, FRITURAS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HILDA ESTHER ALCANTARA PINEDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7229 "TACOS, TORTAS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA PACHECO MATA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7230 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE TLAPA RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7231 PAN Y TORTILLAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AURORA JUAREZ GUZMAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7232 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA PAULA ARACELI ISLAS MORENO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7233 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI REYNOSO RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7234 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PROCORO APOLONIO RAMIREZ ARIZPE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7235 DULCES Y CAMISETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELIZABETH RODRIGUEZ BUSTOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7236 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO EULOGIO SANTIESTEBAN HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7237 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO DIAZ RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7238 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REGULO IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7239 MALETAS Y MOCHILAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SAMUEL IXTEPAN LLANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7240 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL ESPEJO CORRO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7241 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YURIDIA CHAGALA ANTEMATE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7242 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA OCOTL ROSAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7243 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MACARIA JOSEFINA GONZALEZ ARVIZU NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7244 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANABEL PEREZ ENRIQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7245 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS ALBERTO ALARCON MIGUEL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7246 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVIA JIMENEZ SERRANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7247 "LICUADOS, JUGOS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARINA REYES CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7248 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA PALACIOS ARREOLA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7249 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TIRSA TENORIO JIMENEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7250 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN VILLEGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7251 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YARITZA VILLANUEVA TENORIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7252 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MARICELA SOTO AGUILAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7253 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ARENAS ORTIZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7254 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE JAVIER ARENAS BAEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7255 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR LOPEZ ARENAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7256 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GERTRUDIS BAEZ LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7257 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FATIMA BAEZ LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7258 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAURA LOPEZ ARENAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7259 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR LOPEZ SAN PEDRO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7260 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA ARENAS BAEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7261 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIEGO DOMINGUEZ SILVESTRE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7262 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATRICIA NAYELI BRAVO DIEGO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7263 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALAN LEVIT ORTIZ ACEVEDO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7264 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CINTHIA BERENICE DIEGO LAGUNEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7265 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLADYS ISSEL SALAS MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7266 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA BRAVO FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7267 "DULCES , CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN DIEGO PAREDES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7268 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO FLORES CORREO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7269 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN URBANO CALLEJA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7270 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MORAL JUAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7271 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUTH VILLA CORONA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7272 TACOS DE BARBACOA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS ANTONIO CARMONA HERRERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7273 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID PIO ANGELA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7274 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OBDULIA CATALINA MENDEZ SANDOVAL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7275 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTEBAN OJEDA RAMOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7276 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ASUNCION LUCIA FLORES ZARATE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7277 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARANA SANCHEZ MAGDALENA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7278 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA LLANO GALLARDO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7279 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARMANDO RIOS HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7280 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABRIEL OLIVA GUADARRAMA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7281 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENA CARRANZA OLIVIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7282 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA GUADALUPE HERNANDEZ VALDEMAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7283 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SENAIDA ORTEGA AGUILAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7284 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN MEJIA CALDERON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7285 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ILSE ESMERALDA DUARTE VIVAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7286 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISRAEL DUARTE ORTEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7287 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO ARGUELLES HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7288 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE FLORES ASCENCION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7289 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIBRADO DEL CARMEN FLORES SANTIAGO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7290 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO CARLOS FLORES ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7291 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRMA ZAPATA ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7292 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER BELLI COBIX NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7293 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN BELLI QUINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7294 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA EUGENIA COBIX POLITO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7295 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA ARREOLA CABRERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7296 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCO ANTONIO CAPORAL LUNA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7297 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR FLORES ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7298 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CESAR GARCIA GIL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7299 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA PEREZ SUAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7300 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER JENNIFER HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7301 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIEGO CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7302 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7303 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7304 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIONISIO MARTINEZ ROSAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7305 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELVIRA TOLEDO TIBURCIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7306 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MINERVA DELFIN SANTIAGO SANTIAGO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7307 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO AMBROSIO VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7308 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIO ANTONIO REYES DIAZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7309 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOEMI ARACELI DAMIAN REYES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7310 "LICUADOS, JUGOS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS FERNANDO AMBROSIO REYES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7311 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRENE KAREN CRUZ TOLEDO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7312 FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7313 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CRISTINA REYES AMBROSIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7314 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAVIER GARCIA RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7315 CHOCOLATES Y DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA GUTIERREZ SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7316 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE CORRO ZAPOT NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7317 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZEYENLY VAZQUEZ GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7318 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALEJANDRO MELCHOR NIETO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7319 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR VAZQUEZ VALENZUELA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7320 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZETELIA GONZALEZ COBOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7321 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDUARDO BONILLA FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7322 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO PONCE OCOTL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7323 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO PONCE OCOTL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7324 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MEDINA PEREZ AURORA MARISOL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7325 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA MEJIA CALDERON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7326 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH ROSAS HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7327 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SARA MEJIA CALDERON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7328 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EZEQUIEL VILLANUEVA LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7329 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZA CRUZ PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7330 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEREZ CRUZ CATARINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7331 PERIODICOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IGNACIO DOMINGUEZ GARCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7332 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO COPETE MENDIOLA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7333 RASPADOS Y FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO QUIJANO JOSE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7334 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GONZALO JIMENEZ COPETE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7335 LENTES Y ART. VARIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TANIA DEL CARMEN CARRASQUEDO CADEZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7336 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANASTACIO MENDOZA DOMINGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7337 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PONCIANO ANDRES VIZCAINO HUEYTLETL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7338 ART RELIGIOSOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTRELLA GUTIERREZ GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 50 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7339 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIANA CHIGUIL GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7340 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CORNELIO REYES MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7341 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE CISNEROS MENESES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 150 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7342 CURISOIDADES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA FLORES UPALIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7343 RASPADOS Y FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FILIBERTO QUIJANO JOSE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7344 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO COPETE MERLIN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7345 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEORGINA RODRIGUEZ DE LOS SANTOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 150 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7346 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCA FLORES SOLIS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7347 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRACIELA CORTES SOTO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7348 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA SOTO DE LA O NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7349 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MUÑOZ SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7350 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DORA VANESSA LOPEZ MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7351 "RASPADOS , FRUTAS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIANA MENDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7352 "LICUADOS, JUGOS Y ALIMENTOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OCTAVIO MENDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7353 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARLETTE FABIOLA MENDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7354 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTELA SANCHEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7355 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRACIELA CRUZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7356 FRUTA Y TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN PEDRO MONTAGNER FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7357 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVIA ACOSTA RUIZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7358 LOTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAMBERTA AURORA MARTINEZ CRUZADO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 420 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7359 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO CARRASCO GUATZOZON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7360 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIANA ESTERLIN REYES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7361 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALMENDRA VIVANCO RUIZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7362 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado INES SANCHEZ SAAVEDRA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7363 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA DEL CARMEN RAMON CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7364 "COCOS, PIÑAS Y JUGOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO FERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7365 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL GARCIA CERVANTES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7366 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIRNA MOGO GUATZOZON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7367 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADOLFO GARCIA CERVANTES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7368 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA HERNANDEZ PACHECO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7369 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SEVERIANO COAZOZON HERRERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7370 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLORIA GUILLERMINA CEDILLO RAMON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7371 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVERINO FELICIANO DIEGO DOMINGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7372 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7373 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GENARO CHAGALA CONTRERAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7374 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH BELLI VELASCO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7375 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA MARTINEZ DE LA O NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7376 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA QUINO BELLI NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7377 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7378 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7379 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NICOLAS IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7380 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEIDI BELLI QUINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7381 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REBECA BASILIA DAMIAN FIGUEROS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7382 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL MIL CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7383 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS EDUARDO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7384 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN VILLEGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7385 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7386 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7387 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNARDINA HERNANDEZ JESUS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7388 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFREN BURELA CASTILLO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7389 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO HERNANDEZ ORTEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7390 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7391 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7392 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7393 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE FRANCISCO NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7394 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH RIOS VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7395 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7396 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA QUINO ABRAHAM NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7397 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7398 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7399 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7400 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE ALBERTO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7401 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO MIL CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7402 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ANTONIO VELASCO VELASCO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7403 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOURDES MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7404 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES RODEA GUZMAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7405 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA CHAGALA LUCHO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7406 JUGUETES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA COBOS RAMIREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7407 REPARACION DE APARATOS ELECTRONICOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES ANTONIO GARCIA COBOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7408 REPARACION DE APARATOS ELECTRONICOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFREDO MUÑOZ COBOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7409 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7410 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL VELAZCO SEBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7411 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIGIDO SANCHEZ ESTRADA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7412 EMPANADAS ALVARADEÑAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO ALBA LARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7413 CAMBIO DE NOMBRE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCA VELASCO BELLI NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7414 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIAN ALEXIS GARCIA GARCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7415 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCA VELASCO BELLI NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7416 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VANESA GARCIA CASTAÑEDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7417 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FEJERVARY GARCIA CAMPOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7418 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARLA SOLIS MARCELINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7419 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7420 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINA VALENZUELA GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7421 "TEPACHE , REFRESCOS Y CACAHUATES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ROMERO VILLEDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7422 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA LOPEZ VEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7423 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUSTAVO BELLI BELLI NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7424 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA AMECA LUNA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7425 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN PARRA AMECA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7426 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS AGUILAR GUERRERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7427 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ HERNANDEZ CISNEROS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7428 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7429 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7430 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ESTHER VASQUEZ VALENZUELA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7431 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZETELIA GONZALEZ COBOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7432 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESICA IRAIS VASQUEZ GARCES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7433 PALYERAS DEPORTIVAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HECTOR BLANCO OLIVARES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7434 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado INOCENCIO FLORES DE LOS SANTOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7435 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAYRA VELAZCO CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7436 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7437 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7438 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7439 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7440 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7441 ART RELIGIOSOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE JIMENEZ CONTRERAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7442 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7443 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MANUEL CAMPOS HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7444 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ASCENCION MORGADO DE LOS SANTOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7445 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PROUDINAT RIVERA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7446 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA LOPEZ MARQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7447 COMIDAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ENRIQUE GIL NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 160 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7448 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DOLORES AGUSTIN DOMINGO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7449 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LILIA PELCASTRE BRAVO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7450 ACCESORIOS PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIO HERNANDEZ LEON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7451 SERVICIOS DE CERRAJERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR MARTINEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7452 "BOTANAS, FRITURAS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALINO RINCON LARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7453 ELABORACION DE PASTELES Y PAN "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ANTONIO MORALES ZEPEDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7454 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA COCOLETZI GUTIERREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7455 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO COCOLETZI VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7456 CIGARROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS MARTINEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7457 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GUSTAVO BALCAZAR LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7458 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GUSTAVO BALCAZAR LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7459 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VENTURA CARVAJAL PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7460 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LESLI DAYANA CARVAJAL VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7461 "CHOCOLATES, DULCES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SALVADOR VARGAS LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7462 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA LOPEZ PEÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7463 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO CARRASCO AMBROSIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7464 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LETICIA VIVANCO RUIZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7465 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MISAEL LOPEZ PAZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7466 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN DE DIOS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7467 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO HERRERA FABIAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7468 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN HERRERA COPETE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7469 "TACOS DE GUISADO, TORTAS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA BRAVO ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7470 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA FELIX MELO PEREA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7471 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABRIELA ORTIZ LOYA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7472 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL ROCIO HERNANDEZ MOLINA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7473 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE HERNANDEZ CORREO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7474 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATRICIA ROSAS SERRANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7475 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FIDEL JORGE RODRIGUEZ SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7476 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATRICIA ROSAS SERRANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7477 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELVIRA GALAN USCANGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7478 VARIEDADES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA AURORA FERRAYOLA GUZMAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7479 VARIEDADES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA AURORA FERRAYOLA GUZMAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7480 VARIEDADES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA AURORA FERRAYOLA GUZMAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7481 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL SEGOVIA ROSADO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7482 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA ROBERTA SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7483 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELIA GONZALEZ ALCANTARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7484 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELENA SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7485 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RODRIGO MURRIETA RAMIREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7486 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RODRIGO MURRIETA RAMIREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7487 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA YADIRA DOMINGUEZ FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7488 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA YADIRA DOMINGUEZ FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7489 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AUSENCIO CONTRERAS ROSAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7490 "JUGOS, AGUAS, ATOLE Y TORTAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS ABURTO ARTEAGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7491 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTOS HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7492 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN HERNANDEZ BAUTISTA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7493 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MARTHA BECERRA RODRIDUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7494 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARTURO BECERRA RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7495 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DELFINO GONZALEZ ARENAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7496 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA SARMIENTO MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7497 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIO IXTEPAN MAZABA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7498 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DULCE MARIA VAZQUEZ FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7499 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO FLORES NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7500 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOURDES PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7501 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALFREDO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7502 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LOEBARDO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7503 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIA XOCHIL CHAGALA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7504 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA BUSTAMANTE AMBROSIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7505 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA ATLAMAIC XOCHITL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7506 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIANA VAZQUEZ SANCHEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7507 SNAKCS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALDO RUIZ CABAÑAS RODRIGUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7508 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GISELLE GARCES LOPEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7509 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABINA MINERVA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7510 SERVICIOS DE CERRAJERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HAZEL ESPINOSA VARGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7511 PUROS Y CIGARROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GAVINO RAMIREZ GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7512 AGUAS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRISELDA CARMELA CIRILO ANELL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7513 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GODOFREDO SEVERIANO ALDAMA ALATRISTE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7514 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO FRANCISCO AGUIRRE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7515 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GENOVEVA FLORENCIA DEL CARMEN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7516 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA PRIETO GUILLEN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7517 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERENICE PALACIOS PRIETO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7518 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA EUGENIA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7519 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANTONIA FLORES MORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7520 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CONSUELO GONZALEZ BAEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7521 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TERESA DE JESUS RODEA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7522 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TERESA DE JESUS RODEA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7523 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE CAMPECHANO CAMACHO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7524 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MORAL JUAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7525 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PEDRO CANDELARIO PONCE NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7526 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA FLORES CASTULO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7527 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA FLORES CASTULO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7528 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUZ MARIA ORDAZ ZAMORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7529 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA MEJIA CALDERON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7530 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA CRUZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7531 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL HERNANDEZ CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7532 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL NOVA JUAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7533 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA LUNA FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7534 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL PLACIDO PORFIRIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7535 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO HERRERA GALLARDO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7536 DULCES Y AGUAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA FLORES LARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7537 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IMELDA VICENTE TOMAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7538 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IMELDA VICENTE TOMAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7539 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIO ESPEJO GUATZOZON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7540 PAN "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORENTINO VAZQUEZ FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7541 AGUAS Y BOTANAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORENTINO VAZQUEZ EUSTOLIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7542 CUBREBOCAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MALENA ENCARNACION FRANCISCA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7543 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OFELIA JOANA CHIPULI ROMAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7544 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOAQUINA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7545 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JANET BAUTISTA LAGUNA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7546 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOVITA MACARIO ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7547 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOVITA MACARIO ROMERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7548 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO PONCE OCOTL NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7549 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TOMAS RAMON GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7550 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILO TOTO TOME NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7551 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIBEL TOTO BARTOLO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7552 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA INEZ BARRIENTOS DIAZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7553 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRACIELA MOTO ZAPOT NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7554 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIBEL GARCIA NICOLASA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7555 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA NICOLASA FELICIANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7556 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUELA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7557 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCIA GONZALEZ SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7558 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELINA NORIEGA HEREDIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7559 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO RAUL FLORES CORREO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7560 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARMANDO RIOS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7561 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA FLORES NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7562 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA LLANO GALLARDO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7563 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIO CAIXBA IXTEPAN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7564 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA SARAI BARRAGAN ASCANIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7565 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA SARAI BARRAGAN ASCANIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7566 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANTONIO REYES NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7567 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GILBERTO SANTIAGO HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7568 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE JESUS HERNANDEZ CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7569 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA RAMOS MARCELINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7570 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL HERNANDEZ CANDELARIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7571 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CONCEPCION JIMENEZ ZAPOT NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7572 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BLANCA IRMA CAMACHO HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7573 TAMALES DE ELOTE Y MASA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ PORTELA CARTAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7574 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO HERNANDEZ ORTEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7575 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA MARISOL MARCELINO SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7576 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGEL DE JESUS FLORES MARCELINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7577 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7578 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7579 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA MORALES COLORADO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7580 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO RAMOS MARCELINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7581 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELSA VELAZQUEZ MARCELINO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7582 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARMEN CAIXBA PIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7583 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELIA CONTRERAS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7584 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO RIVERA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7585 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7586 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7587 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7588 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7589 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERTHA ASUNCION SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7590 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAGDALENA MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7591 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFREDO HERNANDEZ CANDELARIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7592 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7593 DULCES Y BOTANAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA JUAREZ VILLEGAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7594 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOAQUIN ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7595 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISRAEL DUARTE ORTEGA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7596 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SARA MEJIA CALDERON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7597 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIVIANA MARTINEZ FLORES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7598 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTOS CAMPECHANO CAMACHO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7599 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7600 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7601 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7602 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7603 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7604 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7605 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7606 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7607 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITA FLORES MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7608 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIRIAM FLORES MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7609 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LOURDES PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7610 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TERESA PAMILA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7611 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIELA ROSALES NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7612 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MINERVA SANTIAGO NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7613 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOEMI DAMIAN REYES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7614 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZA MIRNA GONZALEZ MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7615 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALBERTO HERNANDEZ PEREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7616 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ OJEDA JIMENEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7617 RENTA DE BICICLETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUDITH VIDAL CABAÑAS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7618 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI ROSAS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7619 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CEREZO CIMARRON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7620 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA VELAZQUEZ VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7621 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL CINGUENZA NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7622 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAOMI TORRES ALVAREZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7623 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIDIA LIMAS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7624 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FALLO SOSA VAZQUEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7625 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN IZQUIERDO EPIFANIO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7626 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA ADRIAN SAVIÑON NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7627 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRENDA PATRICIA PEREYRA LEZAMA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7628 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLGA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7629 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL REYES NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7630 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL MAGAÑA NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7631 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIDET ISLAVA NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7632 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LILIA LEZAMA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7633 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7634 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FAUSTO GOMEZ NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7635 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH POLA NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7636 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TALIA DANIEL GOMEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7637 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TERESA VALDIVIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7638 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PORFIRIO PONCE NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7639 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRO RODRIGUEZ NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7640 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GUADALUPE CARRILES PATRACA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7641 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH REYES NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7642 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESPERANZA ACEVEDO NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7643 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS BALCAZAR NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7644 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TANIA CAMACHO NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7645 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LIZBETH FERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7646 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CINTHI HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7647 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIDE OROPEZA LARA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7648 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EVELYN NEME NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7649 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AZUCEL CASTELLANOS NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7650 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FILIBERTO SANDOVAL NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7651 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA HERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7652 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS GONZALEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7653 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA CORDOBA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7654 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS TEJEDA MALDONADO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7655 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAUL BELTRAN NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7656 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUZ MARIA JAUREZ JIMENEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7657 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SONIA FIGUEROA DE LA CRUZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7658 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL FLAVIO MARTINEZ NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7659 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ELENA AGUILAR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7660 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE REYES PERES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7661 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REYNA HERNANDEZ CAMPOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7662 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO DE JESUS MARCELINO SALVADOR NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7663 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NANCY ZAMORANO ROSADO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7664 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TERESA PRIETO GUILLEN NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7665 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIANA CASTAÑEDA VALENCIA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7666 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ABIGAIL CASTAÑEDA EDA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7667 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVESTRE RENTERAL RAMOS NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7668 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILO TOTO TOME NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7669 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL ROSARIO SANTIAGO MORALES NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7670 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AARON HUMBERTO MARIANO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7671 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL GARCIA NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7672 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELSO ORTEGA VALERO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7673 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MILTON CONTRERAS PRIETO NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7674 ART. VARIOS DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/10/2022 31/10/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7675 FOTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROMERO CAMACHO GLORIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7676 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7677 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7678 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7679 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7680 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7681 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7682 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7683 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7684 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ISELA VALERA PARADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7685 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GALVAN LARA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7686 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS ANTONIO VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7687 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARMELO CARMELO MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7688 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JACINTO LOS DANTOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7689 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA CRUZ PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7690 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RITA COLLADO RODRIGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7691 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REYNA FLORES ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7692 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELES LA PAZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7693 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA FLORES RUIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7694 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO FLORES JUAREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7695 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELIPE FLORES JUAREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7696 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA MENDEZ EXPRESSA) NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7697 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA FLORERIA LORENA) NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7698 TEMPORADA DIA DE MUERTOS. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELES PAZ ZAVALETA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7699 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE C RAMIREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7700 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MARIA EUSEBIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7701 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZENAIDA ELIGIA MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7702 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARLENE RODRIGUEZ MORGADO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7703 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NICOLAS CORREO GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7704 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TERESA RAFAEL HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7705 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA GUILLERMINA MACIAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7706 TEMPORADA DIA DE MUERTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA FLORERIA LORENA) NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7707 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REGULO IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7708 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID PIO ANGELA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7709 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA LLANO GALLARDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7710 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABRIEL OLIVA GUADARRAMA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7711 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENA CARRANZA OLIVIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7712 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA OCOTL ROSAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7713 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANABEL PEREZ ENRIQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7714 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS ALBERTO ALARCON MIGUEL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7715 JUGOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARINA REYES CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7716 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA ESTELA PALACIOS ARREOLA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7717 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN VILLEGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7718 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MARICELA SOTO AGUILAR NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7719 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS ARENAS ORTIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7720 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE JAVIER ARENAS BAEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7721 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR LOPEZ ARENAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7722 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GERTRUDIS BAEZ LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7723 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FATIMA BAEZ LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7724 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAURA LOPEZ ARENAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7725 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO ARGUELLES HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7726 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO FLORES ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7727 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR SAN PEDRO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7728 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA ARENAS BAEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7729 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIEGO DOMINGUEZ SILVESTRE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7730 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OBDULIA MENDEZ SANDOVAL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7731 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATRICIA BRAVO DIEGO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7732 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALAN ORTIZ ACEVEDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7733 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CINTHIA DIEGO LAGUNEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7734 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLADYS SALAS MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7735 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA BRAVO FERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7736 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN DIEGO PARADES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7737 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTEBAN OJEDA RAMOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7738 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO FLORES CORREO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7739 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARMANDO RIOS HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7740 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE FLORES ASCENSIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7741 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIBRADO FLORES SANTIAGO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7742 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRMA ZAPATA ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7743 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER BELLI COBIX NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7744 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN BELLI QUINO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7745 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA COBIX POLITO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7746 ART "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ARREOLA CABRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7747 PESCADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCO CAPORAL LUNA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7748 PESCADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIEGO CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7749 PESCADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7750 PESCADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7751 ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR FLORES ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7752 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER JENNIFER HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7753 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA RUIZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7754 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAYELLY OREA RUIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7755 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLISERIA POLITO CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7756 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELBA SANTOS ACEVEDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7757 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CATALINA GONZALEZ ZAMORA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7758 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRENE JIMENEZ JIMENEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7759 HOJAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRO HERNANDEZ BUSTAMANTE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7760 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAURA DIAZ CUEVAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7761 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ILEANA CUEVAS CALZADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7762 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH SANCHEZ ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7763 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CESAR GARCIA GIL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7764 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA PEREZ SUAREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7765 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GOMEZ PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7766 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7767 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7768 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAXIMO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7769 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRENDA MEZA FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7770 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIAN MACHORRO XIMITL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7771 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YAMEL RODRIGUEZ MANCILLA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7772 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIAN MACHORRO XIMITL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7773 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRUNO LARA ARCOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7774 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELINA ZAMORA MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7775 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERICK GUTIERREZ ANTONIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7776 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRENIO GUTIERREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7777 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PILAR FLORES LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7778 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SOFIA RINCON ANTONIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7779 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERNESTINA LA CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7780 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATY VAZQUEZ BARCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7781 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AMADA LUNA CHAVEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7782 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NATANAEL GUZMAN SANTOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7783 ARTICULOS DE ORNATO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA AGUILAR GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7784 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN MORALES HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7785 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL SEGOVIA ROSADO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7786 COCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELIPE VERGAR VILLEGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7787 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA ASUNCION SALVADORA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7788 GRANOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA ORTEGA GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7789 CAFETERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES CASTRO ESCOBAR NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7790 CAFETERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES CASTRO ESCOBAR NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7791 ARTICULOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA JIMENEZ CONTRERAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7792 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAVIER RODRIGUEZ ORTIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7793 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PINEDA EZ ESPENANZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7794 ARTICULOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO RAMIREZ MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7795 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAURA DOMINGUEZ PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7796 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA CRUZ MARQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7797 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBLES COLINA ELIAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7798 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIGIDO SANCHEZ ESTRADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7799 CARNITAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR MORALES RICARDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7800 MALETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA ROMERO NICOLASA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7801 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFRAIN TEQUIANES GIL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7802 PAN "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TEPETLA MAURA FELICITAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7803 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA CRUZ ZEFERINA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7804 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIA MALDONADO CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7805 COMIDA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULINA NOELIA RESENDIZ LEON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7806 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7807 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE ZARAGOZA NORIEGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7808 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARLOS ZARAGOZA NORIEGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7809 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAURA ZARAGOZA NORIEGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7810 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PORFIRIO GALLARDO JIMENEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7811 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNADO LUIS FLORES NEGRELLOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7812 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GENOVEVA GONZALEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7813 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELO SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7814 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA RAMON GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7815 ARTICULOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CESAR AGUILAR GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7816 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIA GUTIERREZ MONTALVO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7817 REPARACION "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ENRIQUE PADILLA RAMIREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7818 REPARACION "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDUARDO MORALES CUTZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7819 COMIDAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ABEL RASCON OSORIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7820 PUROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADA MURA ARANA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7821 CAMAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE GOMEZ HERRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7822 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO GARCIA ROJAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7823 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA COMPARAN VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7824 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTHER LOPEZ RAMOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7825 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SARAI RAMOS NUCAMENDI NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7826 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7827 ALGODONES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA EMILIA QUEVEDO FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7828 "RASPADOS, REFRESCOS " "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALAN MORALES JUAREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7829 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CATHY HERNANDEZ MATIAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7830 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA RAMOS MARCELINO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7831 REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BLANCA LUZ VALENCA SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7832 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA CARRILES PATRACA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7833 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LARA MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7834 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7835 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOEL RUIZ MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7836 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANASTACIO MENDOZA DOMINGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7837 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GONZALO JIMENEZ COPETE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7838 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MACARIA JOSEFINA GONZALEZ ARVIZU NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7839 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE TLAPA RODRIGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7840 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA PACHECO MATA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7841 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINA NORIEGA MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7842 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELICIANO CASTILLO ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7843 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO MIRAMON MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7844 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA VERGARA ASUNCION NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7845 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE CARLIN SOLANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7846 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDUARDO CHAGALA ROSAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7847 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CRISPIN ROSAS PELAYO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7848 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PERFECTO HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7849 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PONCIANO ANDRES VISCAINO HUEYTLET NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7850 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARISELA LEON SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7851 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REY DAVID MARTINEZ LEON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7852 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FROYLAN VIVEROS ROMERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7853 HOJAS DE TAMAL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDITH CASTILLO COLORADO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7854 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFREN RIVAS LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7855 BOLEAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL SOTO FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7856 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS CARMONA HERRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7857 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIAN LOS SANTOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7858 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA VAZQUEZ BARCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7859 ARTICULOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA VAZQUEZ BARCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7860 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARINO OZ USCANGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7861 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LILIA PELCASTRE BRAVO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7862 ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIO HERNANDEZ LEON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7863 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ORTIZ PAVON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7864 COCTELERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELIA HERNANDEZ TORAL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7865 ARTICULOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE JIMENEZ CONTRERAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7866 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIANA ROBLES LARA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7867 LOTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI COLORADO MOLINA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7868 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO GONZALEZ CASTELO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7869 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO GONZALEZ CASTELO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7870 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEMA COELLO SAENZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7871 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERCULANO MENDOZA CHAGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7872 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIRIDIANA VELAZCO VELAZCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7873 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA ZAMORA MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7874 JUGOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITO MARTINEZ ALLENDE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7875 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7876 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILA LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7877 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA HERNANDEZ COLLAZO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7878 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LOPEZ SANTIS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7879 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS SANCHEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7880 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DOMINGA HERNANDEZ COLLAZO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7881 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA HERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7882 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ LOZANO SALAZAR NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7883 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA MARIA PEREZ LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7884 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA GONZALEZ INFIESTA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7885 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OSCAR LOPEZ TAMAYO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7886 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO RODRIGUEZ SOSA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7887 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CASANDRA ANA KAREN VALDEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7888 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEOVA VARGAS DOMINGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7889 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE CAGAL MENDIOLA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7890 FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO BORJAS SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7891 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA SOTELO VARGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7892 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA SANCHEZ GOMEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7893 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORIANA CAMACHO MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7894 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL JUAREZ SOTELO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7895 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YOLANDA SOTELO VARGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7896 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIA LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7897 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HECTOR MANUEL BANDALA REYES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7898 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERTHA ELENA GALLEGOS ORNELAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7899 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVIA ACOSTA RUIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7900 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN MONTAGNER FERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7901 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALVA ALTAMIRANO OCAMPO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7902 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YAZMIN CORDOBA MOLINA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7903 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE DARIO VIVEROS TORRES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7904 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA NAJERA JIMENEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7905 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIS GUTIERREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7906 TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA HERNANDEZ SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7907 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7908 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL GASPAR PASTRANA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7909 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCIA MEDINA DELFIN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7910 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUDELIA SERRANO XOLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7911 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RITA GONZALEZ VALENCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7912 LOTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI ARACELI COLORADO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7913 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MACEDA BONFIL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7914 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN SILVA TAMARIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7915 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DE ALLENDE ELODIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7916 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SALAZAR GARCIA MATEO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7917 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR RAYMUNDO SALAZAR DE LA CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7918 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH ROSAS HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7919 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUELA AGUILAR ESPINOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7920 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LETICIA DE LA CRUZ ALLENDE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7921 COMIDA EMPAQUETADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ZULEMA ALVAREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7922 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL CHICUELLAR VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7923 DULCES Y CHOCOLATES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO MARTINEZ EDAD NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7924 IMPRESIONES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE SANTIAGO LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7925 CAFETERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE SANTIAGO LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7926 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO ANDRADE JAIME NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 320 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7927 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELENA A ROJAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7928 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA BALSECA CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7929 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO GARCIA ALTO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7930 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO RUIZ CONTRERAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7931 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE FABIAN RUIZ CONTRERAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7932 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALBALILIA CONTRERAS LOZADA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7933 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELESTINO CASTILLO BRAVO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7934 POLLO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLIVIA CRUZ LAZARO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7935 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELESTINO CASTILLO BRAVO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7936 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVIA GUTIERREZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7937 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SIBIA PEREZ SANVICENTE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7938 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBLES COLINA ELIAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7939 GLOBOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIGIDA FLORES BAEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7940 FERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TERESA A C. NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7941 ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7942 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7943 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7944 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7945 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7946 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7947 ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTA LISBETH FERNANDEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7948 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS DOMINGUEZ LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7949 PAN "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AURORA JUAREZ GUZMAN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7950 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEORGINA JACOME PARRA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7951 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado UBALDO MATAMOROS ANGEL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7952 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REMEDIOS IXTEPAN ROSAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7953 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRO HERRERA ALONSO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7954 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA CRUZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7955 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ALBERTO BEREA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7956 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ROACH OLMEDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7957 HOT "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAIME ALVAREZ CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7958 TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REYNALDO VELA ESPEJO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7959 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAVIER HERNANDEZ ACEVEDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7960 RASPADOS Y FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO QUIJANO JOSE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7961 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIONISIO MARTINEZ ROSAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7962 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO AMBROSIO VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7963 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOEMI ARACELI DAMIAN REYES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7964 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRENE KAREN CRUZ TOLEDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7965 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CRISITINA REYES AMBROSIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7966 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELVIRA TOLEDO TIBURCIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7967 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MINERVA SANTIAGO SANTIAGO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7968 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIO ANTONIO REYES DIAZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7969 LICUADOS Y JUGOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS FERNANDO AMBROSIO REYES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7970 FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA ORTIZ PAVON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7971 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTIAGO MARTINEZ GARMENDIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7972 DULCES Y BOTANAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARLOS CELIS PABLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7973 BRINCOLINES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO PEÑA MACIAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7974 COMIDA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA CERVANTES OCHOA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 820 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7975 BILLETES DE LOTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAMBERTA MARTINEZ CRUZADO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 210 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7976 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABRIEL PONCE OCOTL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7977 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALMA RODRIGUEZ BASURTO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7978 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MATILDE MARIN RUIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7979 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS HERRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7980 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MERLI RIVERA UTRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7981 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ALEJANDRO MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7982 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MERLI RIVERA UTRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7983 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DULCE RIVERA CARRILLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7984 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RICARDO VIVANCO RUIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7985 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA MONTIEL RODRIGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7986 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIDIA PAREDES DIEGO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7987 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA MONTIEL RODRIGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7988 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERENICE VIVANCO PAREDES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7989 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELY RODRIGUEZ BARRADAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7990 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELY RODRIGUEZ BARRADAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7991 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OCTAVIO BARBOSA BAZAN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7992 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO MONTIEL VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7993 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RICARDO VIVANCO PAREDES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7994 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO MONTIEL VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7995 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALBA GRAJALES VILLA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7996 JUGOS Y LICUADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CESAR ARREOLA LAGUNA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7997 ACERO INOXIDABLE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO HERNANDEZ TRINIDAD NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7998 FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TRINIDAD RESENDIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-7999 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCA GRAJALES VILLA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8000 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA CRISITNA RODRIGUEZ ALONSO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8001 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTHER ALONSO CASTRO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8002 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOEL LA CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8003 GLOBOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOE LOPEZ GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8004 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLGA RODRIGUEZ DOMINGEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8005 AGUAS Y FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DULCE FLORES FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8006 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ROZADA MORAN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8007 CURIOSIDADES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA FLORES UPALIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8008 GELATINAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIO MATIAS MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8009 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL GALLARDO GUATZOZON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8010 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCA VELASCO BELLI NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8011 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES RODEA GUZMAN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8012 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ROMERO HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8013 PERIODICOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IGNACIO DOMINGUEZ GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8014 POLLO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8015 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA MIXTEGA VELASCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8016 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCA VELASCO BELLI NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8017 BOLEADOR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MACEDA MORA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8018 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS GUTIERREZ CORTEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8019 GORRAS Y TENIS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS GUTIERREZ CORTEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8020 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA BAXIN SANTOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8021 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MATILDE ANTEMATE CAMPECHANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8022 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GILBERTO ANTEMATE BAXIN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8023 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELICIANO CHAGALA VELAZCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8024 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MISAEL LOPEZ PAZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8025 CHOCOLATES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HILDA ALCANTARA PINEDA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8026 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO BARCENAS VALERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8027 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ GOMEZ CORREO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8028 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO SANTIZ SANTIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8029 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA MORALES VILLANUEVA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8030 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARLOS CONTRERAS MARCELO. NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8031 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA MARCELO NICOLAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8032 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MARCELO NICOLAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8033 NOCHE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIA FRANCISCO FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8034 TEMP. NAVIDEÑA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ORTEGA SIXTA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8035 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA VIVANCO RUIZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8036 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERICK OSORIO LANDA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8037 MALETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IVAN REYES AGUILAR NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8038 MALETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA CRUZ ROSAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8039 DE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELIX GONZALEZ MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8040 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GARCIA ESPINOZA CLISERIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8041 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRACIELA CRUZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8042 PAN "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BENITO ROMAN CRUZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8043 LENTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAFAEL GONZALEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8044 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NORMA RAMIREZ MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8045 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN BELLI VELASCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8046 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNABE REYES REYES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8047 BOLEAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO ROJAS ROJAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8048 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BENIGNA CRISTOBAL ALONSO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8049 NIEVES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SIMON RAFAEL GALICIA CACHO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8050 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IGNACIO MUÃ OZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8051 SERVICIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR MARTINEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8052 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GONZALEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8053 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ARELLANO SALAZAR NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8054 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NANCY GONZALEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8055 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN BUEN ROSTRO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8056 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO FELICIANO ALEJANDRO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8057 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RODOLFO PEDRO FELICIANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8058 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FILIBERTO QUIJANO JOSE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8059 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI GONZALEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8060 SOMBREROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA GONZALEZ LUCA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8061 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA ARENAL ISIDORO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8062 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO FELICIANO ALEJANDRO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8063 ESQUITES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA RODRIGUEZ MORALES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8064 PLAYERAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARINA GONZALEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8065 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO CARRASCO GUATZOZON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8066 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERNAMINA RAMIREZ RAMIREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8067 TEJUINO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID CERVANTES SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8068 INFLABLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ASCENCION ZARATE MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 960 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8069 GLORIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS HUESCA GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3150 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8070 CHOCOLATES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA GUTIERREZ SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8071 GLOBOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIGIDA FLORES BAEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8072 GLOBOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOE LOPEZ GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8073 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TRINIDAD MORENO BLAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8074 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TEODORO CARVAJAL XOCHIL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8075 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MEZQUITA FARIAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8076 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLOR FARIAS GASCA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8077 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO ESPEJO CORRO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 480 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8078 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA CASTAÃ EDA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8079 "COCOS, PIÑAS Y JUGOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO FERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8080 LENTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADOLFINA CRUZ LOPEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8081 LENTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO VAZQUEZ TORRES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8082 ATOLE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABRIELA HERRERA MARISCAL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8083 "ALIMENTOS, TAMALES Y TORTAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA MARISCAL NERI NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8084 MUEBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIO GIRON DIAZ. NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8085 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONOR ALEJANDRO GUTIERREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8086 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIAN MOGUEL MENDIETA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8087 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIAN MOGUEL MENDIETA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8088 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAYREM CRUZ HERRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8089 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IMELDA VICENTE TOMAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8090 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IMELDA VICENTE TOMAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8091 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE JOSE GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8092 SOMBRERPS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HECTO GONZALEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8093 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado XOCHITL LEON TEOBAL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8094 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUZ DARIA RAMOS REYES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8095 SER DE REPARACION DE CALZADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL ALAMILLA GALVAN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8096 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIAN MOGUEL MENDIETA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8097 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DELFINA GUATZOZON XOCHITL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8098 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DULCE PEREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8099 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTOS HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8100 COMIDA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANALY SANCHEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1120 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8101 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIOLETA VIOLETA SANCHEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1120 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8102 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AMADA PALESTINO RAMIREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8103 RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA GABRIEL HEREDIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8104 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL GALEOTE GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8105 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ASUNCION ERA EDAD NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8106 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN HERRERA COPETE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8107 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO HERRERA FABIAN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8108 "RASPADOS, AGUAS Y GLORIAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARTEMIO JIMENEZ CASTILLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8109 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS RA EDAD NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8110 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MA RA EDAD NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8111 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCERO MEZA HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8112 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIO BAROJAS OJEDA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8113 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARINA BAROJAS BELLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8114 HELADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AARON BAROJAS OJEDA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8115 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO COPETE MERLIN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8116 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PROUDINAT RIVERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8117 LIBROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIRIAM PEREZ ESPEJO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8118 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA CHAGALA LUCHO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8119 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8120 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL VELAZCO SEBA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8121 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EMILIA MENDOZA MEDRANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8122 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIAN ALEXIS GARCIA GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8123 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VANESA GARCIA CASTAÑEDA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8124 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FEJERVARY GARCIA CAMPOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8125 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARLA SOLIS MARCELINO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8126 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA YADIRA DOMINGUEZ FERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 349 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8127 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA YADIRA DOMINGUEZ FERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8128 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GOMEZ VALENTIN NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8129 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA ZACARIAS MEDINA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8130 PALETAS HELADAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIA MEDINA FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8131 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR CONTERAS CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8132 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINA VALENZUELA GOMEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8133 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN HERNANDEZ BAUTISTA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8134 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA LOPEZ VEGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8135 RASPADOS Y FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN VERGARA VILLEGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8136 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUSTAVO BELLI BELLI NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8137 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA AMECA LUNA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8138 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN PARRA AMECA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8139 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL GARCIA CERVANTES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8140 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIRNA MOGO GUATZOZON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8141 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS AGUILAR GUERRERO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8142 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALATRISTE MENDIZABAL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8143 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8144 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8145 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ESTHER VASQUEZ VALENZUELA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8146 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZETELIA GONZALEZ COBOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8147 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESICA IRAIS VASQUEZ GARCES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8148 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado INOCENCIO FLORES DE LOS SANTOS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8149 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAYRA VELAZCO CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8150 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8151 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8152 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8153 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MARTHA BECERRA RODRIDUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8154 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARTURO BECERRA RODRIGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8155 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8156 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SARA MEJIA CALDERON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8157 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA MEJIA CALDERON NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8158 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8159 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8160 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AURORA MARISOL MEDINA PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8161 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MANUEL CAMPOS HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8162 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BARTOLOME HERNANDEZ CIPRIANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8163 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL PLACIDO PORFIRIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8164 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL PLACIDO PORFIRIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8165 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LAURA PLACIDO ORUÑA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8166 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOAQUINA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8167 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8168 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE FRANCISCO NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8169 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA ALDAZABA BAUTISTA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 640 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8170 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE RAMIREZ MORENO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8171 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH RIOS VAZQUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8172 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8173 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA QUINO ABRAHAM NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8174 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8175 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8176 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8177 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO MIL CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8178 "JUGOS, AGUAS, ATOLES Y TORTAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS ABURTO ARTEGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8179 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ANTONIO VELASCO VELASCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8180 RASPADOS Y GLORIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA CARRERA DOMINGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8181 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOURDES MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8182 ACC. PARA CELULAR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE ALBERTO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8183 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8184 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO GONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8185 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNARDINA HERNANDEZ JESUS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8186 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFREN BURELA CASTILLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8187 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO HERNANDEZ ORTEGA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8188 TEPACHE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ROMERO VALLE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8189 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8190 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8191 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NICOLAS IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8192 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA LETICIA CASTRO VALENCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8193 RENTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUDITH VIDAL CABAÑAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8194 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEIDI BELLI QUINO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8195 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE CASTRO VALENCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8196 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REBECA BASILIA DAMIAN FIGUEROS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8197 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL MIL CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8198 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS EDUARDO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8199 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN VILLEGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8200 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8201 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GENARO CHAGALA CONTRERAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8202 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH BELLI VELASCO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8203 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA MARTINEZ DE LA O NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8204 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8205 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA QUINO BELLI NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8206 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8207 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8208 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA FELIX MELO PEREA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8209 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CECILIO MALAGA CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8210 TEMP DECEMBRINA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MELO PEREA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8211 COMIDA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE VAZQUEZ MATEO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8212 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA HERNANDEZ MOLINA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8213 PLANTAS NATURALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA A GARCIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8214 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DULCE CEBALLOS ZAMORA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 480 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8215 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELIA GONZALEZ ALCANTARA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8216 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8217 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8218 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NARCISO SEVERIANO QUIJANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8219 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NARCISO SEVERIANO QUIJANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8220 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado URIEL PABLO MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8221 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN SALINAS PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8222 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EMILIA MENDOZA BLAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8223 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA SALINAS PEREZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8224 "RASPADOS, AGUAS Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SONIA PEREZ MENDOZA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8225 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEOBARDO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8226 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8227 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIA XOCHIL CHAGALA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8228 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA ATLAMIAC XOCHIL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8229 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA BUSTAMENTE AMBROSIO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8230 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8231 "RASPADOS, AGUAS Y GLORIAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN SALINAS GALICIA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 820 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8232 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AUSENCIO CONTRERAS ROSAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8233 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIANA MEZA HERNANDEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8234 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABINA MARTINEZ NO APLICA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8235 "REFRESCOS, REFRESCOS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILO TOTO TOME NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8236 "REFRESCOS, REFRESCOS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI TOTO TOME NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8237 "REFRESCOS, REFRESCOS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDIBERTO TOTO BARTOLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8238 "REFRESCOS, REFRESCOS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIBEL TOTO BARTOLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8239 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA PAULA ISLAS MORENO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8240 ROPA GEN Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA TOTO BARTOLO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8241 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI REYNOSO RODRIGUEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8242 AGUAS DE SABOR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA NICOLASA NICOLASA FELICIANO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8243 "REFRESCOS, REFRESCOS Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTORIA ABRIL GARCIA NICOLASA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8244 CUBREBOCAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MALENA ENCARNACIÓN ENCARNACION FRANCISCA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8245 CHURROS Y PAPAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARTURO ALATORRE PADILLA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8246 ALIMENTOS Y FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IVETTE ANDRADE HERRERA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8247 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO MORTEO MORTEO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8248 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO GALLARDO GALLARDO NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8249 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GONZALO VILLEGAS CAPORAL NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8250 COMIDA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA OCHOA OCHOA NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 820 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8251 NIEVES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIO GALEOTE GALEOTE NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8252 GLOBOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA ARACELI BAEZ BAEZ NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8253 DULCES Y BOTANAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA VILLEGAS VILLEGAS NO APLICA 01/11/2022 30/11/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8254 TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YOLANDA PORRAS PAVON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8255 TAMALES Y ATOLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRMA PORRAS FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8256 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA LOPEZ PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8257 CHOCOLATES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SALVADOR VARGAS LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8258 SABRITAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALINA YULIANA PEREZ CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8259 SERVICIOS DE CERRAJERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HAZEL ESPINOSA VARGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8260 COMIDAS EMPAQUETADAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ENRIQUE GIL GIL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 320 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8261 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIO ESPEJO GUATZOZON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8262 ROPA Y ART DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAMARIZ RDRIGUEZ JIMENEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8263 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN DE DIOS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8264 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GUADALUPE CARRILES PATRACA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8265 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIPRIANO PEREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8266 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA ASUNCION SALVADORA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8267 COCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELIPE VERGARA VILLEGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8268 TORTAS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YADIRA LOPEZ OLIVEROS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8269 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DELFINO MONTES MEYO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8270 COCOS Y PIÑAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO FERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8271 FOTOGRAFIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLORIA CAMACHO ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8272 ALGODONES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA EMILIA QUEVEDO FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8273 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEORGINA JACOME PARRA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8274 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO GARCIA ROJAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8275 PIÑATAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRECIA MERTAH RAMIREZ SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8276 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIANA ROBLES LARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8277 JUGOS Y LICUADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA ALICIA MORENO RAMOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8278 PAN Y TORTILLAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AURORA JUAREZ GUZMAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8279 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUDELIA SERRANO XOLO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8280 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA RAMOS ALFONSIN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8281 CAFETERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES EMILIO CASTRO ESCOBAR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8282 CAFETERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDRES EMILIO CASTRO ESCOBAR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8283 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL MIL QUINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8284 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA POLITO BELLI NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8285 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISRAEL DUARTE ORTEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8286 PUROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GAVINO RAMIREZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8287 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ILSE ESMERALDA DUARTE VIVAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8288 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN MEJIA CALDERON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8289 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA GUADALUPE VALDEMAR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8290 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SENAIDA ORTEGA AGUILAR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8291 3 CAMAS ELASTICAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE GUILLERMO PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8292 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RITA GONZALEZ VALENCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8293 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRINA BUSTAMANTE HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8294 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO LEONARDO RODEA GUZMAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8295 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HERMINIA GUTIERREZ MONTALVO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8296 GLOBOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOE LOPEZ GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8297 TACOS Y AGUAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA COMPARAN VAZQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8298 CARNITAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR HUGO BARAJAS TORRES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8299 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO GOMEZ RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8300 MALETAS Y MOCHILAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA NATIVIDAD LIBERTAD NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8301 TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REYNALDO VELA ESPEJO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8302 AGUAS Y ENSALADAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BLANCA LUZ PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8303 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOEL PEREZ CARVAJAL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8304 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE ZARAGOZA NORIEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8305 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARLOS ZARAGOZA NORIEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8306 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAURA ELENA ZARAGOZA NORIEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8307 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GUSTAVO BALCAZAR LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8308 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GUSTAVO BALCAZAR LOPEZ. NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8309 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MACEDA BONFIL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8310 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL LOURDES PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8311 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FROYLAN VIVEROS ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8312 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CATHY HERNANDEZ MATIAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8313 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SILVIA JIMENEZ SERRANO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8314 "LICUADOS, JUGOS Y ALIMENTOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE PEREZ SANTIAGO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8315 "LICUADOS, JUGOS Y ALIMENTOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALIA SANTIAGO GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8316 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNARDO LUIS FLORES NEGRELLOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8317 CARNITAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA RUTH SORCIA GAMBOA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8318 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO COPETE MENDIOLA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8319 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NALLELY MENDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8320 BOLEADOR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PATHISTAN LUNEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8321 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OSCAR LOPEZ TAMAYO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8322 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA GONZALEZ INFIESTA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8323 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AZCARY MENDOZA CHAVEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8324 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA LOPEZ MENDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8325 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELENA NAJERA JIMENEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8326 COPIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRANDO AZCARY MENDOZA LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8327 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORIANA CAMACGO MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8328 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONSERRAT MENDOZA CHAVEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8329 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CASANDRA ANA KAREN VALDEZ GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8330 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CAFRLOS SANCHEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8331 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA CHAVEZ SUAREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8332 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA HERNANDEZ COLLAZO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8333 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO RODRIGUEZ SOSA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8334 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA SANCHEZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8335 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YAZMIN CORDOBA MOLINA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8336 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERTHA ELENA GALLEGOS ORNELAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8337 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8338 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAYMUNDO NOYOLA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8339 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILA LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8340 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LOPEZ SANTIS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8341 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEGORIA LOPEZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8342 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DOMINGA HERNANDEZ COLLAZO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8343 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA MARIA PEREZ LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8344 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ LOZANO SALAZAR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8345 DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI ROMAN VALLEJO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8346 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA HERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8347 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE DARIO VIVEROS TORRES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8348 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HECTOR MANUEL REYES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8349 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YOLANDA SOTELO VARGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8350 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL JUAREZ SOTELO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8351 COMIDAS EMPAQUETADAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ZULEMA ALVAREZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8352 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA SOTELO VARGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8353 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALVA ALTAMIRANO OCAMPO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8354 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS JIMENEZ LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8355 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIVIANA DOMINGUEZ GODINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8356 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN SILVA TAMARIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8357 TACOS DE COCHINITA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARLOS ESTEBAN REYNOSA ESPINDOLA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8358 GRANOS Y SEMILLAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA ORTEGA GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8359 ELABORACION DE PAN Y PASTELES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL TELLEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8360 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRIS ESMERALDA CASTILLO JIMENEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8361 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA INOCENCIA ZAVALETA ROJAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8362 GLORIAS Y RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA HERRERA VIDAL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8363 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA GARCIA VIDAL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8364 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN BAUTISTA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8365 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OCTAVIO BARBOZA BAZAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8366 FOTOGRAFIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LETICIA PEREZ CONTRERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8367 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADOLFO GARCIA CERVANTES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8368 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ANGEL SOLIS HUERTA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8369 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA JUAREZ VILLEGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8370 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO HERRERA ALDANA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8371 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO HERRERA ALDANA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8372 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRMA ENEDINA CRUZ RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1230 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8373 SNAKS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALDO RUIZ RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8374 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BLANCA VAZQUEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1120 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8375 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERCULANO MENDOZA CHAGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8376 INFLABES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ASCENCION ZARATE MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 160 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8377 GLORIAS Y RASPADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS ALBERTO HUESCA GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8378 BETUNERO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN MATEO NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8379 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORENCIA MENDOZA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8380 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN GABRIEL MENDOZA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8381 BICICLETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUDITH VIDAL CABAÑAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8382 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEOVA VARGAS DOMINGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8383 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELA SOLIS HUERTA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8384 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA LOPEZ PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8385 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SALVADOR VARGAS LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8386 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAVIER RODRIGUEZ ORTIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8387 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GONZALO JIMENEZ COPETE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8388 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANASTACIO MENDOZA DOMINGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8389 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO MIRAMON MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8390 ART RELIGIOSOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA JIMENEZ CONTRERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8391 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCIA MEDINA DELFIN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8392 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN EPIFANIO TOMAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8393 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJO QUINTANA RAMIREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8394 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEORGINA RODRIGUEZ PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8395 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCIA EPIFANIO VELAZQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8396 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELICITAS VELAZQUEZ GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8397 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRO EPIFANIO VELAZQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8398 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE TLAPA RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8399 "TACOS, TORTAS " "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA PACHECO MATA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8400 ART RELIGIOSOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE JIMENEZ CONTRERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8401 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LOURDES RODRIGUEZ CARCAMO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8402 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JACQUELINE CARCAMO DE LA PAZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8403 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA RODRIGUEZ DE LA PAZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8404 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDUARDO ALEJANDRO LUNA RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8405 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADRIAN GOMEZ RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8406 BOLEADOR "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL SOTO FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8407 LENTES Y ARTICULOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TANIA DEL CARMEN CARRASQUEDO CADEZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8408 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GEMA COELLO SAENZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8409 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMO GARCIA ALTO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8410 REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL GARCIA CERVANTES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8411 REFRESCOS Y JUGUETES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA LUZ LUZ ROJAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8412 ANTOJITOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DOLORES AGUSTIN DOMINGO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8413 ART RELIGIOSOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESTRELLA GUTIERREZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8414 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado UBALDO MATAMOROS ANGEL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8415 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MACARIA JOSEFINA GONZALEZ ARVIZU NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8416 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GUADALUPE CASTILLO MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8417 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GUADALUPE CASTILLO MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8418 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GALVAN LARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8419 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR MANUEL GARCIA SUAZO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8420 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO QUIJANO DIAZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8421 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGEL TELLEZ DELGADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8422 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CASILDA OJEDA FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8423 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ETRELLA GUTIERREZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8424 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE JIMENEZ CONTRERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8425 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELENA PARRA ALMAZAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8426 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR MANUEL MALPICA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8427 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA VELAZQUEZ DE LOS SANTOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8428 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELESTINO TORRES GUZMAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8429 RASPADOS Y FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO QUIJANO JOSE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8430 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDUARDO GABRIEL BARRON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8431 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA MARIA GONZALEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8432 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TANIA PAOLA JIMENEZ OVANDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8433 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS DOMINGUEZ CASTRO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8434 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL GOMEZ FARIAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8435 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI RAMIREZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8436 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESMERALDA MARTINEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8437 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado UBALDO YEPEZ ALDAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8438 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL SIGUENZA FRANCO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8439 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAOMI TORRES NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8440 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIDIA DIMAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8441 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VALENTIN VALDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8442 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA ADRIANA SAVIÑON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8443 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRENDA PATRICIA PEREYRA LEZAMA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8444 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLGA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8445 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIDETH GARCIA ISLAVA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8446 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LILIA LEZAMA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8447 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8448 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SOFIA BLANCO HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8449 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SONIA FIGUEROA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8450 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLAVIO MARTINEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8451 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REYNALDO GARCIA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8452 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH POLA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8453 TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NANCY ROSALES NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8454 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANTONIA HERNANDEZ SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8455 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA RAMOS MARCELINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8456 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HELADIO ALVARO MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8457 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSEFINA ALTAMIRANO MATIAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8458 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL MENDOZA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8459 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE PROUDINAT PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8460 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELICA LOPEZ MARQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8461 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAIME ALVAREZ CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8462 POLLO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLIVIA CRUZ LAZARO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8463 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUTH DAMIAN ROBLES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8464 ALIMENTOS PREPARADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLORES OLIVIA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8465 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ORGANISTA BUSTAMANTE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8466 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS PACHECO ZARATE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8467 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8468 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8469 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8470 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8471 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFREDO ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8472 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRO LAGUNES RUIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8473 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8474 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINA CHAGALA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8475 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELITICIA CAIXBA CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8476 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8477 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJA COLORADO MURILLO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8478 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA MORALES COLORADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8479 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO RIVERA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8480 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CENIT CAMPECHANO RIVAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8481 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EDITH CAMPECHANO RIVAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8482 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ABRAHAM DOMINGUEZ FRIAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8483 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FABINA MORALES COLORADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8484 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO CAMPECHANO RODEA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8485 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE CAMPECHANO CAMACHO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8486 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATY CAMPECHANO RIVAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8487 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA RODEA LUNA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8488 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL CAMPECHANO ISIDOR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8489 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUDITH FRANCISCO RODEA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8490 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CAMPECHANO CAMACHO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8491 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KRYSTEL DELFIN QUIROZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8492 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OBDULIA RODEA LUNA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8493 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE DE JESUS CAMPECHANO RODEA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8494 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUDITH CAMPECHANO RIVAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8495 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLIVIA FLORES FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8496 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA MONTIEL RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8497 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA MONTIEL RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8498 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELY RODRIGUEZ BARRADAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8499 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELY RODRIGUEZ BARRADAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8500 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO MONTIEL VAZQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8501 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFONSO MONTIEL VAZQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8502 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAYRA MARIBEL ESPINOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8503 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PASCUAL COCELTZI VASQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8504 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JONATHAN COCOLETZI CUAHUTLE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8505 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO COCOLETZI VASQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8506 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUCINA COCOLETZI HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8507 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIGIDO SANCHEZ ESTRADA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8508 EMPANADAS ALVARADEÑAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO ALBA LARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8509 ART DE ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA CERVANTES OCHOA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8510 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA ZAMORA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8511 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL GASPAR PASTRANA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8512 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELENA OROPEZA LARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8513 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FILIBERTO QUIJANO JOSE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8514 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS JIMENEZ LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8515 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZOILA CORDOBA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8516 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS TEJEDA MALDONADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8517 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO BELTRAN NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8518 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RICARDO OJEDA USCANGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8519 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA CORDOBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8520 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TALIA DANIEL GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8521 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TERESA VALDIVIA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8522 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTIN VALDIVIA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8523 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELISA FLORENTINA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8524 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAVIER VALLEJOS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8525 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL ALAMILLA GALVAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8526 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CECILIA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8527 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANOLO REYES NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8528 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANOLO MAGAÑA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8529 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FAUSTO GOMEZ GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8530 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ JIMENEZ OJEDA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8531 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HEYDI VAZQUEZ FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8532 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HORACIO PERALTA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8533 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA ISABEL REYES DIAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8534 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINA LEON HERRERA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8535 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOEL RUIZ MORALES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8536 ART RELIGIOSOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA MARIA GONZALEZ MEJIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8537 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE YOLANDA FLORES LAGUNES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8538 TEPACHE REFRESCOS CACAHUATES DULCES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ROMERO VILLEDA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8539 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE GARCIA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8540 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA LLANO GALLARDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8541 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO FLORES CORREO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8542 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROGELIO FLORES CORREO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8543 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA DOMINGUEZ VELA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8544 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERTHA MARTINEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8545 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA MARTINEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8546 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CONCEPCION DE LOS SANTOS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8547 TACOS DE CANASTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGELINA PALAS XALANDA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8548 TACOS DE CANASTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TOME XOLO REYES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8549 TACOS DE CANASTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO TOME XOLOT NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8550 TACOS DE CANASTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RITA LOPEZ ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8551 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELSY ALEJANDRA MONTES DE OCA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8552 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALBERTA VILLEGAS PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8553 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAIR MAZABA VERGARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8554 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO CARRASCO GUATZOZON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8555 "TACOS, TORTAS, VOLOVANES Y REFRESCOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado COSME JIMENEZ SERRANO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8556 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIRNA MOGO GUATZOZON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8557 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL GARCIA CERVANTES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8558 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIRIDIANA VELAZCO VELAZCO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8559 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITA LINALDI MARQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8560 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS VALENTIN NAVARRO PEREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8561 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MA TEODORO CORONA SOLIS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8562 ELOTES ASADOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO PEREZ PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1120 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8563 PUROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADA VICTORIA MORALES ARANA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8564 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CATARINO PEREZ CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8565 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZA CRUZ PEREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8566 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MATILDE MARIN RUIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 850 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8567 REP. DE APARATOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAYELI MICHEL RIVERA GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8568 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA HERNANDEZ VIGUERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8569 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NESTOR LOPEZ QUINTO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8570 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA MARTINEZ CORDOBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8571 REP. DE APARATOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARTURO GARCIA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8572 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELVIA GARCIA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8573 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA ORTIZ PAVON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8574 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTHA BALLINAS RAMOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8575 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MELISSA HUERTA ESTRADA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8576 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GRACIELA CRUZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8577 "TAMALES, ATOLE Y AGUAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNABELA LEZAMA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8578 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA IBARRA VEJAR NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8579 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH ROSAS HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8580 PERIODICOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IGNACIO DOMINGUZ GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8581 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRA VIVANCO RUIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8582 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH SANCHEZ ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8583 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8584 BOTANAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSALINO RINCON LARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8585 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAXIMO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8586 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REGULO IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8587 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENA ANDREA OLIVIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8588 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS CAPORAL PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8589 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GABRIEL CRUZ GUADARRAMA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8590 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARMANDO RIOS HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8591 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA SARMIENTO MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8592 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE FLORES ASCENCION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8593 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIO IXTEPAN MAZABA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8594 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROCIO POLITO PUCHETA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8595 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSARIO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8596 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROCIO POLITO PUCHETA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8597 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALMA LUZ BASURTO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 410 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8598 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CATALINA GONZALEZ ZAMORA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8599 "LICUADOS, JUGOS Y ALIMENTOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARINA REYES CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8600 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CLAUDIA PALACIOS ARREOLA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8601 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANABEL PEREZ ENRIQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8602 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA COBIX PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8603 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS ALBERTO ALARCON MIGUEL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8604 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LUISA ARREOLA CABRERA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8605 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN BELLI PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8606 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID PIO ANGELA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8607 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO CARLOS ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8608 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARTIN DIEGO PAREDES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8609 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLADYS SALAS MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8610 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CINTHIA DIEGO LAGUNEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8611 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA BRAVO FERNADEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8612 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA LLANO GALLARDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8613 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS CAPORAL PEREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8614 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELBA LUZ SANTOS ACEVEDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8615 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8616 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ILEANA CUEVAS CALZADA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8617 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CESAR GARCIA PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8618 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LAURA DIAZ CUEVAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8619 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER HERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8620 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JENNIFER BELLI COBIX NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8621 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCO ANTONIO CAPORAL PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8622 PESCADOS Y MARISCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIEGO CAPORAL PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8623 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIEGO DOMINGUEZ SILVESTRE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8624 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PATRICIA BRAVO DIEGO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8625 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA OCOTL ROSAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8626 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR FLORES ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8627 FRUTA DE LA TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIBRADO DEL CARMEN FLORES SANTIAGO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8628 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRMA ZAPATA ROMERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8629 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DARIO VELAZQUEZ CHAGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8630 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAYELLY OREA RUIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8631 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALAN ORTIZ ACEVEDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8632 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO ARGUELLES HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8633 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE GOMEZ PEREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8634 DULCES Y CAMISETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA RODRIGUEZ BUSTOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8635 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRO MEYO MONTES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8636 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL MEYO MONTES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8637 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LARA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8638 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO ROMERO GUATZOZON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8639 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL ANGEL MORAL JUAREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8640 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUTH VILLA CORONA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8641 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL ESPEJO CORRO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8642 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESPERANZA PINEDA ORDOÑEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8643 ART DE CUERO Y PIEL "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PABLO RAMIREZ MORALES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8644 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLORIA AMBROSIO MATA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8645 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILI LOPEZ CORTEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8646 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OCTAVIO BARBOSA BAZAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8647 NIEVES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SIMON GALICIA CACHO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8648 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BENIGNA CRISTOBAL ALONSO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8649 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUILLERMINA GUTIERREZ SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8650 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OSCAR CAIXBA POLITO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8651 FOTOGRAFIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS GONZALEZ MEJIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8652 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado YOAMI ZENAIDA TEOBAL GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8653 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROCIO DEL CARMEN VICARTE TEOBAL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8654 BOLSAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERENICE FLORES VARGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8655 SANDALIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAURICIO MEZA DOMINGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8656 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRENDA MEZA FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8657 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA REYNA CENTURION ZAMORA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8658 FOTOGRAFIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CASILDA OJEDA FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8659 FOTOGRAFIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VICTOR GABRIEL MORALES RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8660 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DEMETRIA SERRANO XOLO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8661 CURIOSIDADES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA FLORES UPALIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8662 MALETAS Y MOCHILAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELBA DELIA DIAZ PAREDES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8663 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUSTAVO DIAZ BLANCO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8664 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado THALIA BAEZ DIAZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8665 CAFETERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LAURANIO SANTIAGO LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8666 IMPRESIONES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LAURANIO SANTIAGO LOPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8667 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZOILA MORALES RUIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8668 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TALIA DANIELA GOMEZ VALDIVIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8669 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FELICITAS FLORENTINA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8670 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TERESA VALDIVIA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8671 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTIN VALDIVIA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8672 AGUAS Y FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DULCE BEATRIZ FLORES FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 900 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8673 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRINA RODRIGUEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8674 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS LIMAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8675 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISAIAS LIMAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8676 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARMANDO ROSAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8677 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTIN VALDIVIA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8678 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIDETH GARCIA ESLAVA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8679 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LEZAMA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8680 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FAUSTO GOMEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8681 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8682 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH POLA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8683 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUZ MARIA JUAREZ JIMENEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8684 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SONIA FIGUEROA DE LA CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8685 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLAVIO MARTINEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8686 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RAUL ALAMILLA GALVAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8687 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA ELIDA OROPEZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8688 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANTONIO CASTRO NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8689 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SERGIO ALEJANDRO GALICIA CACHO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8690 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AZUCENA CASTELLANOS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8691 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH BELLI VELASCO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8692 EMPANADAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FLOR MARINA ENRIQUEZ PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8693 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUBEN ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8694 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PETRA CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8695 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EVELYN NEME NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8696 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEOPOLDO HOYOS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8697 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISIDRA QUINO BELLI NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8698 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GUADALUPE ESTRADA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8699 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA MARIA CORTES NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8700 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FABIAN MORALES COLORADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8701 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 594 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8702 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIA MARTINEZ DE LA O NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8703 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIELA ROSALES RAMIREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8704 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8705 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAGDALENA MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8706 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8707 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALFREDO HERNANDEZ CANDELARIO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8708 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO GIL CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 644 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8709 RELOJES Y EXTENSIBLES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GENARO CHAGALA CONTRERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8710 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGEL MARCELINO DE JESUS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8711 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO HERNANDEZ ORTEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8712 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8713 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERTHA ASUNCION SALVADORA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8714 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8715 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CECILIA MARCELINO NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8716 ART. DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA MARTINEZ SALVADORA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8717 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TORIBIO IXTEPAN VILLEGAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8718 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS EDUARDO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8719 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL MIL CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8720 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE REYES NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8721 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado REBECA BASILIA DAMIAN FIGUEROS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8722 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA ELENA AGUILAR NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8723 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BEATRIZ JIMENEZ OJEDA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8724 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALBERTO HERNANDEZ PEREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8725 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARACELI RAMIREZ RAMIREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8726 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CEREZO CIMARRON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8727 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESMERALDA MARTINEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8728 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL SINGUENZA BRAVO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8729 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAHOMI YAMILETH TORRES ALVAREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8730 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA ADRIANA SAVIÑON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8731 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRENDA PATRICIA PEREYRA LEZAMA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8732 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OLGA HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8733 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUELA RETES NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8734 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL MAGAÑA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8735 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALEJANDRO OREA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8736 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS BALCAZAR NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8737 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado TANIA CAMACHO NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8738 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ESPERANZA ACEVEDO NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8739 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS TEJEDA NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8740 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SONIA LIZETH FERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8741 REP. DE APARATOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEIDI BELLI QUINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8742 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CINTHIA HERNANDEZ HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8743 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ SANTOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8744 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8745 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8746 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLORIA ROSALES CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8747 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELSA VELAZQUEZ MARCELINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8748 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NICOLAS IXTEPAN QUINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8749 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARICELA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8750 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO MARCELINO NATIVIDAD NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8751 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONARDO HERNANDEZ ORTEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8752 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado EFREN BURELA CASTILLO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8753 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERNARDINA HERNANDEZ JESUS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8754 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8755 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANDREA ORUÑA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8756 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARMEN CAIXBA PIO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8757 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 704 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8758 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JORGE ALBERTO MENDOZA FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8759 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DANIEL CANDELARIO HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8760 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NORBERTO RIVERA MORENO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8761 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 704 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8762 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 694 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8763 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELIA CONTRERAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 795 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8764 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOURDES MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8765 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN ANTONIO VELASCO VELASCO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8766 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CIRILO TOTO TOME NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 987 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8767 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO RAMOS MARCELINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8768 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEONCIO MIL CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8769 ART. DE TEMPORADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GLORIA ROSALES CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8770 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8771 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE NICOLAS NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8772 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE MANUEL NICOLAS ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8773 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA QUINO ABRAHAM NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8774 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CALOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8775 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIZABETH RIOS VAZQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8776 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado INES SANCHEZ SAAVEDRA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8777 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE FRANCISCO NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8778 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN NICOLAS CAIXBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8779 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MANUEL CAMPOS HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8780 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FERNANDO MARCELINO ORUÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8781 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESUS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8782 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8783 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN CARLOS MURRIETA MENDOZA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8784 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIANA CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8785 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA JUANA ORUÑA ENCARNACION NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8786 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MAYRA VELASCO CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8787 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado INOCENCIO FLORES DE LOS SANTOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8788 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JESICA IRAIS VAZQUEZ GARCES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8789 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ZETELIA GONZALEZ COBOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8790 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA VASQUEZ VALENZUELA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8791 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8792 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIETA CAPISTRAN GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8793 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS AGUILAR GUERRERO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8794 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL CARMEN PARRA AMECA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8795 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ADELA AMECA LUNA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8796 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUSTAVO BELLI BELLI NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8797 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VERONICA LOPEZ VEGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8798 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RUFINA VALENZUELA GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8799 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL PILAR CONTRERAS CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8800 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado KARLA SOLIS MARCELINO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8801 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FEJERVARY GARCIA CAMPOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8802 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VANESA GARCIA CASTAÑEDA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8803 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIAN ALEXIS GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8804 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MANUEL VELAZCO SEBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8805 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALBERTO CONTRERAS MAZABA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8806 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PAULA CHAGALA LUCHO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8807 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO HERRERA FABIAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8808 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUAN HERRERA COPETE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8809 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANTOS HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8810 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MISAEL LOPEZ PAZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8811 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DELIA CHIPULI ROMAN NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8812 TEPACHE "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO JAVIER HERNANDEZ NO APLICA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 490 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8813 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado FRANCISCO COATZOZON MORTEO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8814 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RINA GONZALEZ SANTOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8815 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERICK ANTONIO OSORIO LANDA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8816 REP. DE APARATOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NAYELY RIVERA GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8817 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ALICIA HERNANDEZ VIGUERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8818 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NESTOR DE JESUS LOPEZ QUINTO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8819 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA MARTINEZ CORDOBA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8820 REP. DE APARATOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ARTURO GARCIA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8821 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELVIA GARCIA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8822 VERDURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MIGUEL SEGOVIA ROSADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8823 PALETAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CANDELARIA MEDINA FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 399 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8824 ARTESANIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MONICA ZACARIAS MEDINA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8825 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VIDAL FLORES JOEL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8826 CIGARROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS MARTINEZ GUTIERREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8827 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RICARDO VIVANCO RUIZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8828 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIDIA GUADALUPE DIEGO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8829 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado RICARDO VIVANCO PAREDES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8830 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BERENICE VIVANCO PAREDES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8831 VERDURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GONZALEZ BAEZ CONSUELO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8832 FRUTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA INES CARDEL GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8833 ART. DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ISABEL ROSAS AGUSTINA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8834 EMPANADAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZO ALBA LARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8835 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado BRIGIDO SANCHEZ ESTRADA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8836 "DULCES, CHOCOLATES Y FRITURAS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA LETICIA ESCALONA MEXICANO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8837 RASPADOS Y GLORIAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA CONCEPCION CARRERA DOMINGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8838 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANA LILIA PELCASTRE BRAVO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8839 ACCESORIOS PARA CEL. "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIO HERNANDEZ LEON NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8840 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado OSVALDO TEOBAL GARCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2100 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8841 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JAVIER CASTRO VALENCIA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8842 "TORTAS, CUERNITOS Y PAMBAZOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VANESSA MAR SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8843 ART DE LIMPIEZA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CRISTINA AMBROSIO REYES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8844 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MINERVA DELFINA SANTIAGO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8845 FRITURAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ROSA HERNANDEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8846 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELVIRA TOLEDO TIBURCIO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8847 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DIONISIO MARTINEZ ROSAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8848 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCELINO AMBROSIO PEÑA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8849 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GREGORIO REYES DIAZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8850 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOEMI DAMIAN REYES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8851 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado IRENE CRUZ TOLEDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8852 "LICUADOS, JUGOS Y ALIMENTOS" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LUIS AMBROSIO REYES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8853 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA MELO PEREA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8854 CUBREBOCAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MALENA ENCARNACION FRANCISCA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8855 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELESTINO CASTILLO BRAVO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8856 ALIMENTOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELESTINO CASTILLO BRAVO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8857 TACOS Y AGUAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado GUADALUPE GARCIA RODRIGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8858 "VERDURAS, FRUTAS Y LEGUMBRES" "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELSO ORTEGA VALERIO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8859 RASPADOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JUANA SANCHEZ FLORES NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8860 TORTAS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NATALIO DE JESUS SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8861 ESQUITES Y ELOTES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado HUMBERTO VICARTE TEOBAL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8862 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOEMI DE JESUS SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8863 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIANO DE JESUS SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8864 AGUA DE FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA GUADALUPE DE JESUS SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8865 AGUA DE FRUTAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ANGEL LUIS DE JESUS SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8866 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CARMEN MARTINEZ SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8867 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NATANEL GUZMAN SANTOS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8868 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NARCISO SEVERIANO QUIJANO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8869 FRUTA PICADA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NARCISO SEVERIANO QUIJANO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8870 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOURDES PAMILA HERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8871 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JULIA BUSTAMANTE AMBROSIO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8872 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SANDRA GUADALUPE XOCHIL NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8873 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LILIA XOCHIL CHAGALA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8874 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE ALFREDO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8875 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LEOBARDO ATLAMAIC MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8876 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AUSENCIO CONTRERAS ROSADO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8877 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado AGUSTINA SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8878 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado CELIA GONZALEZ ALCANTARA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8879 FLORES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA SANCHEZ GONZALEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8880 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARCO ANTONIO LOPEZ DOMINGUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1750 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8881 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DAVID ROMERO SUSUNAGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3800 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8882 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado SUSANA DOLORES BALSECA CRUZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1300 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8883 CHURROS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOEL ANTONIO SOTO YEPEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8884 BISUTERIA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado NOHEMY CHAGALA CONTRERAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1050 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8885 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKC COPETE GOMEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8886 DULCES Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LORENZA GONZALEZ MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 700 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8887 TACOS Y REFRESCOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ELIGIA MARIA ALDAMA ALATRISTE NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1950 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8888 NOVEDADES Y REGALOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DEL ROCIO HERNANDEZ MOLINA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8889 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA DOMINGUEZ FERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8890 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado ERIKA DOMINGUEZ FERNANDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8891 JUGOS Y AGUAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado JOSE LUIS ABURTO ARTEAGA NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8892 TACOS DE GUISADO "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado DELFINO GONZALEZ ARENAS NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8893 VOLOVANES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado PEDRO HERRERA GALLARDO NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8894 ROPA GENERAL Y ACCESORIOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARGARITA LINALDI MARQUEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8895 HOT DOGS Y HAMBURGUESAS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA TRINIDAD LARA MARTINEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8896 MULTA "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado VENTURA CRUZ RAMIREZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 962 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8897 TAMALES "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado LIZBETH HERNANDEZ MENDEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2022 01/10/2022 31/12/2022 Permiso C-VP-22-8898 TACOS "ARTÍCULOS 16 Y 42 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" COORDINACIÓN DE VÍA PÚBLICA Privado MARIA DE LOS ANGELES ALVAREZ SANCHEZ NO APLICA 01/12/2022 30/12/2022 "ARTÍCULOS 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y 49 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 350 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 02/01/2023 30/12/2022 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16 y 42 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos."