49824 TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN "Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas" LTAIPVIL15XXVII "La información de cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones. La información se organizará por acto jurídico y publicarse a partir de la fecha en la que éste inició. " 1 4 4 9 2 2 2 1 9 1 1 1 1 4 4 1 7 2 6 7 7 7 9 7 2 4 13 14 450865 450878 450879 450855 450880 450866 450867 450859 450877 450860 450861 450862 450863 450869 450870 450864 450875 450868 450881 450873 450872 450874 450882 450858 450856 450871 450876 450857 Tabla Campos Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de acto jurídico (catálogo) "Número de control interno asignado, en su caso, al contrato, convenio, concesión, entre otros." Objeto de la realización del acto jurídico Fundamento jurídico por el cual se llevó a cabo el acto Unidad(es) o área(s) responsable(s) de instrumentación Sector al cual se otorgó el acto jurídico (catálogo) Nombre(s) del titular al cual se otorgó el acto jurídico Primer apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Segundo apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Razón social del titular al cual se otorgó el acto jurídico Fecha de inicio de vigencia del acto jurídico Fecha de término de vigencia del acto jurídico Cláusula en que se especifican los términos y condiciones del acto jurídico "Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión" "Monto total o beneficio, servicio y/o recurso público aprovechado" "Monto entregado, bien, servicio y/o recurso público aprovechado al periodo que se informa" Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año "Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda" "Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso" Se realizaron convenios modificatorios (catálogo) "Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde" "Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información" Fecha de validación Fecha de actualización Nota 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-001 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 02/01/2023 06/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2215 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-002 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1328 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-003 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-004 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NELLY CRUZ URSUA PROMOTORA DE HOGARES SM DE MEXICO SA DE CV 20/01/2023 27/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1032 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-005 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 28216 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-006 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6192 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-007 PERIFONEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6192 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-008 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado BAUTISTA GLORIA ROBERT NO APLICA 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-009 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MIGUEL PACHECO ROMAY NO APLICA 09/01/2023 23/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-010 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-011 MUSICA VIVA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA SANBORN HERMANOS SA DE CV 01/01/2023 31/12/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 15934 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-012 MUSICA VIVA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA SANBORN HERMANOS SA DE CV 01/01/2023 31/12/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 15934 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-013 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1328 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-014 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. 13/01/2023 13/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-015 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JAFET TORRES CORONA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 02/01/2023 06/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8860 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-016 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JAFET TORRES CORONA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 03/01/2023 06/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3540 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-017 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA 10/01/2023 24/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-018 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE GUADALUPE OCHOA CHAPOL GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV 11/01/2023 25/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-019 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3320 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-020 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 13/01/2023 15/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1329 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-021 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 13/01/2023 15/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1329 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-022 ALCOHOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARISOL AGUIRRE BURGOA NO APLICA 14/01/2023 14/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2766 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-023 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SARHAT AMADOR HEREDIA SHOUT MEDIA SA DE CV 13/01/2023 15/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3819 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-024 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA 22/04/2023 22/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 38770 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-025 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA 22/04/2023 22/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1881 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-026 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5311 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-027 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COPPEL SA DE CV 14/01/2023 14/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1549 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-028 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV 17/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-029 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. 11/02/2023 11/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1772 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-030 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RUTH YAMILET CRUZADO GARCIA NO APLICA 23/01/2023 06/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-031 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA 18/01/2023 01/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-032 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA 19/01/2023 02/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 443 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-033 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALICIA MORALES CARCAMO NO APLICA 23/01/2023 21/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-034 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA 20/01/2023 18/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-035 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 01/01/2023 25/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 14382 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-036 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 27/12/2022 31/12/2022 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4530 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-037 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA BIDG SERVICIOS SA DE CV 01/02/2023 02/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-038 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV 01/02/2023 15/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-039 FERIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CAMERINO HERNANDEZ HERNANDEZ "ASOCIACION DE COMERCIANTES FIJOS, SEMIFIJOS Y AMBULANTES POR UN FUTURO DIGNO" 11/02/2023 26/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 109756 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-040 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COMPUTACION G PAGES S.C. 03/02/2023 03/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-041 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-042 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-043 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 885 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-044 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA CONEXIÓN Y DISTRIBUCION DEL GOLFO SA DE CV 07/02/2023 09/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-045 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado HUGO NORBERTO MENDEZ CRUZ FLORICULTORES DEL ESTADO DE VERACRUZ 06/02/2023 20/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-046 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANA SILVIA ZORRILLA LICONA NO APLICA 08/02/2023 22/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-047 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MIGUEL PACHECO ROMAY NO APLICA 08/02/2023 22/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-048 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-049 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE GUADALUPE OCHOA CHAPOL GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV 08/02/2023 22/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-050 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NELLY CRUZ URSUA PROMOTORA DE HOGARES SM DE MEXICO S.A. DE C.V. 10/02/2023 11/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1114 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-051 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA 09/02/2023 23/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-052 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-053 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 11/02/2023 14/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1908 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-054 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 11/02/2023 14/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1908 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-055 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 12/02/2023 15/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1772 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-056 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 12/02/2023 15/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1772 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-057 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA NO APLICA 11/02/2023 14/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3544 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-058 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALESSANDRA GARCIA VILLELA AUTOS CON VALOR S.C 13/02/2023 14/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 14310 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-059 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado XOCHITL ANASTASIO MOLINA NO APLICA 17/02/2023 03/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-060 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5311 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-061 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-062 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-063 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA 18/02/2023 18/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 75042 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-064 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA 18/02/2023 18/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-065 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA 20/02/2023 21/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-066 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LIRA NO APLICA 21/02/2023 07/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-067 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA GUADALUPE FUENTES VELAZCO NO APLICA 21/02/2023 22/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-068 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV 21/02/2023 15/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-069 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 24/02/2023 26/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1431 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-070 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 24/02/2023 26/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1431 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-071 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SOFIA AGUILAR GONZALEZ NO APLICA 23/02/2023 26/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-072 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado BAUTISTA GLORIA ROBERT NO APLICA 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-073 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-074 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-075 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-076 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 10/03/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 14620 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-077 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTRELLA MORALES CEREZO MKT WOLF S. C. 15/03/2023 15/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3340 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-078 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN LUIS CHAPARRO ARIAS CINEPOLIS DE MEXICO SA DE CV 01/01/2023 31/01/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1328 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-079 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN LUIS CHAPARRO ARIAS CINEPOLIS DE MEXICO SA DE CV 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-080 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 24/02/2023 24/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2945 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-081 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALICIA MORALES CARCAMO NO APLICA 24/02/2023 26/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-082 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 10/03/2023 17/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 23860 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-083 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NELLY CRUZ URSUA PROMOTORA DE HOGARES SM DE MEXICO S.A. DE C.V. 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-084 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTRELLA MORALES CEREZO MKT WOLF S. C. 16/03/2023 16/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3340 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-085 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 24/02/2023 24/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10345 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-086 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA 27/02/2023 13/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-087 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 28/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2108 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-088 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SILVIO DOMINGUEZ ESQUIVEL NO APLICA 18/03/2023 18/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-089 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado KARLA PATRICIA DE LA CRUZ GRAHAM NO APLICA 08/04/2023 08/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-090 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado KARLA PATRICIA DE LA CRUZ GRAHAM NO APLICA 08/04/2023 08/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 27280 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-091 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA TRACTO ACCESORIOS COSTA AZUL SA DE CV 26/03/2023 26/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1610 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-092 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FERNANDO MORALES RODRIGUEZ NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2386 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-093 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA 08/03/2023 08/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 44737 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-094 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA 08/03/2023 08/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-095 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA BIDG SERVICIOS SA DE CV 03/03/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-096 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA 18/02/2023 18/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 45529 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-097 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PEDRO CAZARES MANRIQUE NO APLICA 05/03/2023 05/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1492 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-098 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COPPEL SA DE CV 04/03/2023 04/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-099 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RUTH YAMILET CRUZADO GARCIA NO APLICA 06/03/2023 20/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-100 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LIRA NO APLICA 08/03/2023 22/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-101 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LIRA NO APLICA 08/03/2023 22/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-102 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-103 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-104 PERIFONEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-105 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-106 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MIGUEL PACHECO ROMAY NO APLICA 08/03/2023 22/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-107 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-108 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA 08/03/2023 08/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1149 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-109 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GONZALO ANDRES BAUTISTA PASTOR NO APLICA 10/06/2023 10/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 36162 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-110 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GONZALO ANDRES BAUTISTA PASTOR NO APLICA 10/06/2023 10/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-111 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SERGIO MARIN NO APLICA NO APLICA 13/03/2023 27/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-112 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA 01/02/2023 28/02/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-113 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV 10/03/2023 24/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-114 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE ALBERTO SANTOS HERNANDEZ NO APLICA 25/03/2023 25/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-115 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE ALBERTO SANTOS HERNANDEZ NO APLICA 25/03/2023 25/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 16330 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-116 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-117 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-118 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-119 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-120 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA 14/03/2023 28/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-121 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 17/03/2023 19/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5963 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-122 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA KENWORTH DEL ESTE SA DE CV 26/03/2023 26/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 716 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-123 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-124 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-125 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-126 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-127 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 17/03/2023 19/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2862 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-128 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSIBEL ALEGRIA RAMOS NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-129 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSIBEL ALEGRIA RAMOS NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-130 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA 16/03/2023 16/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4387 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-131 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 13/03/2023 16/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8465 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-132 LUCHA LIBRE "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SILVIO DOMINGUEZ ESQUIVEL NO APLICA 18/03/2023 18/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8999 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-133 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PEDRO IGNACIO TANUS CALDERON NO APLICA 20/03/2023 20/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4056 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-134 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PEDRO IGNACIO TANUS CALDERON NO APLICA 20/03/2023 20/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 21797 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-135 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA AVALOS NO APLICA VENTAS ROSAL SA DE CV 22/03/2023 05/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-136 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA 22/03/2023 20/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-137 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA 22/04/2023 05/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-138 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES DOMINGUEZ NO APLICA 13/05/2023 13/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-139 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES DOMINGUEZ NO APLICA 27/03/2023 27/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-140 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 17/03/2023 17/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3593 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-141 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 20/03/2023 20/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5925 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-142 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES DOMINGUEZ NO APLICA 27/03/2023 27/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 49773 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-143 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado BAUTISTA GLORIA ROBERT NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-144 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 18/03/2023 25/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 23860 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-145 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ARIADNA SUHAIL GALLEGOS SANCHEZ COMPUTACION G PAGES S.C. 24/03/2023 07/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-146 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 29/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-147 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 29/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-148 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 29/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-149 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA DEL CARMEN CASAS SEGURA NO APLICA 25/03/2023 25/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-150 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 29/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2147 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-151 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV 29/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2147 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-152 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CECILIA CABRERA ALVAREZ NO APLICA 01/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-153 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 24/03/2023 24/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4417 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-154 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LIRA NO APLICA 29/03/2023 12/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-155 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES DOMINGUEZ NO APLICA 27/03/2023 27/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 22499 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-156 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE ALBERTO SANTOS HERNANDEZ NO APLICA 25/03/2023 25/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2272 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-157 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA 29/03/2023 12/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-158 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALEJANDRA LOPEZ NO APLICA INDALO MARKETING SA DE CV 30/03/2023 31/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1113 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-159 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 27/03/2023 27/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5247 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-160 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado VICTOR HUGO CRUZ MORA NO APLICA 31/03/2023 09/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-161 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PABLO MURILLO ZURITA NO APLICA 15/04/2023 15/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 45000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-162 BAILE "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PABLO MURILLO ZURITA NO APLICA 15/04/2023 15/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5965 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-163 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 26/03/2023 29/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10710 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/01/2023 31/03/2023 Permiso C-JE-23-164 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA 30/03/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 13150 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/04/2023 31/03/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos."