49824 TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN "Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas" LTAIPVIL15XXVII "La información de cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones. La información se organizará por acto jurídico y publicarse a partir de la fecha en la que éste inició. " 1 4 4 9 2 2 2 1 9 1 1 1 1 9 4 4 1 7 2 6 7 7 7 9 7 2 4 13 14 450865 450878 450879 450855 450880 450866 450867 450859 450877 450860 450861 450862 450863 572003 450869 450870 450864 450875 450868 450881 450873 450872 450874 450882 450858 450856 450871 450876 450857 Tabla Campos Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de acto jurídico (catálogo) "Número de control interno asignado, en su caso, al contrato, convenio, concesión, entre otros." Objeto de la realización del acto jurídico Fundamento jurídico por el cual se llevó a cabo el acto Unidad(es) o área(s) responsable(s) de instrumentación Sector al cual se otorgó el acto jurídico (catálogo) Nombre(s) del titular al cual se otorgó el acto jurídico Primer apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Segundo apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Razón social del titular al cual se otorgó el acto jurídico ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Sexo (catálogo) Fecha de inicio de vigencia del acto jurídico Fecha de término de vigencia del acto jurídico Cláusula en que se especifican los términos y condiciones del acto jurídico "Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión" "Monto total o beneficio, servicio y/o recurso público aprovechado" "Monto entregado, bien, servicio y/o recurso público aprovechado al periodo que se informa" Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año "Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda" "Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso" Se realizaron convenios modificatorios (catálogo) "Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde" "Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información" Fecha de validación Fecha de actualización Nota 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-165 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5733 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-166 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-167 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-168 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA Hombre 01/04/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2814 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-169 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-170 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA BIDG SERVICIOS SA DE CV Hombre 05/04/2023 04/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-171 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA AGENCIA OPERADORA INTEGRA SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-172 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-173 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 10/04/2023 24/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-174 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FERNANDO MORALES RODRIGUEZ NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2386 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-175 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA Hombre 03/04/2023 05/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8947 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-176 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA Hombre 01/04/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3172 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-177 CIRCO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUSTAVO VALDES GONZALEZ NO APLICA Hombre 05/04/2023 05/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2972 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-178 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 11/04/2023 25/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-179 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado VICTOR MANUEL REYES DOMINGUEZ GRUPO CORPORATIVO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Hombre 11/04/2023 25/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-180 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COMPUTACION DEL GOLFO S.C. Hombre 12/04/2023 26/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-181 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALVARO ROJAS SILVA NO APLICA Hombre 12/04/2023 26/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-182 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE GUADALUPE OCHOA CHAPOL GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Hombre 11/04/2023 25/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-183 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado KARLA PATRICIA DE LA CRUZ GRAHAM NO APLICA Mujer 08/04/2023 08/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5558 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-184 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-185 JUEGOS PERMITIDOS "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-186 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 13/04/2023 27/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-187 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA Mujer 17/04/2023 01/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-188 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JAFET TORRES CORONA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 14/04/2023 16/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-189 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JAFET TORRES CORONA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 14/04/2023 16/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-190 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-191 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA DEL ROSARIO ORTIZ GUZMAN NO APLICA Mujer 19/04/2023 18/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-192 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA Mujer 18/04/2023 02/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-193 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA Hombre 01/04/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-194 BAILE "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PABLO MURILLO ZURITA NO APLICA Hombre 15/04/2023 15/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3588 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-195 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-196 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/04/2023 16/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 12940 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-197 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 30/05/2023 30/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 126550 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-198 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 30/05/2023 30/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-199 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 21/04/2023 20/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-200 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GLORIA BAUTISTA ROBERT NO APLICA Mujer 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-201 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-202 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-203 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-204 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COPPEL SA DE CV Hombre 24/04/2023 24/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-205 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 22/04/2023 22/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 13805 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-206 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 27/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-207 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 29/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1908 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-208 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 27/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-209 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 27/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5963 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-210 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 27/04/2023 11/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-211 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA AGENCIA OPERADORA INTEGRA SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-212 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JAFET TORRES CORONA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 27/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-213 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 28/04/2023 12/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-214 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ERNESTO HUERTA JIMENEZ NO APLICA Hombre 20/05/2023 20/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 16500 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-215 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA GUADALUPE FUENTES VELAZCO NO APLICA Mujer 28/04/2023 28/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-216 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 02/05/2023 16/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-217 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 17/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4447 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-218 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 02/05/2023 16/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-219 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-220 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-221 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA Mujer 08/05/2023 22/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-222 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA Mujer 08/05/2023 22/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-223 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 05/05/2023 07/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6204 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-224 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 05/05/2023 07/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6204 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-225 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 05/05/2023 07/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6204 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-226 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 05/05/2023 07/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6204 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-227 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN LUIS CHAPARRO ARIAS CINEPOLIS DE MEXICO SA DE CV Hombre 01/04/2023 02/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-228 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN LUIS CHAPARRO ARIAS CINEPOLIS DE MEXICO SA DE CV Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-229 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 05/05/2023 07/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2862 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-230 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA DEL CARMEN CASAS SEGURA NO APLICA Mujer 06/05/2023 06/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-231 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LYRA NO APLICA Mujer 09/05/2023 23/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-232 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-233 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NELLY CRUZ URSUA PROMOTORA DE HOGARES SM DE MEXICO S.A. DE C.V. Mujer 12/05/2023 12/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-234 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Mujer 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-235 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-236 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado HUGO NORBERTO MENDEZ CRUZ NO APLICA Hombre 05/05/2023 21/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 12000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-237 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FERNANDO MORALES RODRIGUEZ NO APLICA Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2386 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-238 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA Hombre 19/05/2023 19/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 44737 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-239 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA Hombre 20/05/2023 20/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 31746 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-240 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA Hombre 20/05/2023 20/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2029 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-241 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA Hombre 19/05/2023 19/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2029 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-242 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 05/05/2023 05/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 39613 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-243 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 06/05/2023 06/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 16388 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-244 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-245 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 10/05/2023 10/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2384 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-246 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 10/05/2023 10/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2384 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-247 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES RODRIGUEZ NO APLICA Hombre 13/05/2023 13/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 54493 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-248 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALMA ROSA ARAIZA ROJAS NO APLICA Mujer 11/07/2023 11/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 98930 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-249 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALMA ROSA ARAIZA ROJAS NO APLICA Mujer 11/07/2023 11/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-250 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RAUL EDGAR RUIZ GUADARRAMA NO APLICA Hombre 18/05/2023 18/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-251 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-252 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 16/05/2023 30/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-253 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES RODRIGUEZ NO APLICA Hombre 13/05/2023 13/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 27560 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-254 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/05/2023 16/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5359 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-255 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 19/05/2023 02/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-256 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GLORIA BAUTISTA ROBERT NO APLICA Mujer 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-257 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA UNIVERSIDAD TERCEL MILENIO SA DE CV Hombre 03/06/2023 04/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1114 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-258 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-259 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-260 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-261 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RAUL EDGAR RUIZ GUADARRAMA NO APLICA Hombre 18/05/2023 18/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 90772 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-262 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALBA BARRIOS MORALES RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 23/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-263 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 22/05/2023 20/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-264 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA Hombre 20/05/2023 20/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 17907 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-265 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ANTONIO LICEA SERRALDE NO APLICA Hombre 19/05/2023 19/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 32691 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-266 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE GUADALUPE OCHOA CHAPOL GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Hombre 23/05/2023 06/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-267 LUCHA LIBRE "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ERNESTO HUERTA JIMENEZ NO APLICA Hombre 20/05/2023 20/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 9392 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-268 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA Hombre 01/04/2023 30/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-269 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 24/05/2023 24/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 18014 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-270 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALBA PATRICIA BARRIOS MORALES NO APLICA Mujer 25/05/2023 08/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3600 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-271 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 29/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-272 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado OMAR VERGARA VEGA MKT WOLF S. C. Hombre 25/05/2023 26/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-273 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-274 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA XOCHITL MINA AMAYA NO APLICA Mujer 25/05/2023 08/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-275 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAHY GOMEZ MUÑOZ NO APLICA Mujer 27/05/2023 28/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-276 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 25/05/2023 25/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6115 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-277 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 29/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-278 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CLARK MENDOZA SOLIS RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 29/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-279 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CLARK MENDOZA SOLIS RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 29/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-280 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 29/05/2023 12/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-281 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 29/05/2023 29/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 31650 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-282 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ARTURO LOPEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-283 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado DANIELA RONZON CAMACHO NO APLICA Mujer 03/06/2023 04/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1114 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-284 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 31/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7714 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-285 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JULIETTE BECERRA MOCTEZUMA NO APLICA Mujer 04/06/2023 05/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1114 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-286 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NOE REYES CIFUENTES NO APLICA Hombre 08/06/2023 10/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-287 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RAUL VELAZQUEZ HERNANDEZ NO APLICA Hombre 03/06/2023 04/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1114 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-288 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-289 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-290 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 05/06/2023 19/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-291 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MIRELLE DENYS GOMEZ HERNANDEZ NO APLICA Mujer 09/06/2023 08/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-292 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-293 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 02/06/2023 02/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 12214 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-294 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 03/06/2023 03/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7573 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-195 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COPPEL SA DE CV Hombre 03/06/2023 03/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-196 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. Hombre 09/06/2023 09/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1789 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-197 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALBA PATRICIA BARRIOS MORALES NO APLICA Mujer 08/06/2023 11/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-198 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE ALBERTO VEGA NO APLICA NO APLICA Hombre 08/06/2023 22/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-199 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GILBERTO LARA HERRERA NO APLICA Hombre 09/06/2023 09/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 557 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-200 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-201 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-202 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-203 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GONZALO ANDRES BAUTISTA PASTOR NO APLICA Hombre 10/06/2023 10/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6619 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-204 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-205 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA XOCHITL MINA AMAYA NO APLICA Mujer 12/06/2023 26/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-206 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 14/06/2023 18/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8940 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-207 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 13/06/2023 27/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-208 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Mujer 13/06/2023 27/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-209 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-210 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN CARLOS HERNANDEZ CARMONA NO APLICA Hombre 15/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-211 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FRIDA CHRISTIANE MORALES PEGUEROS NO APLICA Mujer 15/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1114 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-212 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ NO APLICA Mujer 16/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-213 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALBA PATRICIA BARRIOS MORALES NO APLICA Mujer 16/06/2023 18/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-214 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado VICTOR HUGO CRUZ MORA NO APLICA Hombre 16/06/2023 09/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5000 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-215 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NORMA MENDEZ TRUJILLO NO APLICA Mujer 20/06/2023 04/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-216 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GLORIA BAUTISTA ROBERT NO APLICA Mujer 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-217 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado IVAN CALDERON MORALES INSTITUTO MEXICANO DE ENFERMERIA A.C Hombre 18/06/2023 17/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-218 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 21/06/2023 05/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-219 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 21/06/2023 20/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-220 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. Hombre 23/06/2023 23/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1789 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-221 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUZ ELENA HOZ GONZALEZ NO APLICA Mujer 21/06/2023 05/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-222 FERIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CAMERINO HERNANDEZ TORRES "ASOCIACION DE COMERCIANTES FIJOS, SEMIFIJOS Y AMBULANTES POR UN FUTURO DIGNO A.C." Hombre 24/06/2023 16/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 137196 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-223 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALBA PATRICIA BARRIOS MORALES NO APLICA Mujer 22/06/2023 25/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1200 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-224 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado IVAN ERNESTO ZARATE LANDA NO APLICA Hombre 01/07/2023 05/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4770 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-225 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN TOVAR PEREZ NO APLICA Hombre 01/07/2023 09/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-226 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN TOVAR PEREZ NO APLICA Hombre 01/07/2023 09/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-227 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN TOVAR PEREZ NO APLICA Hombre 01/07/2023 09/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-228 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN TOVAR PEREZ NO APLICA Hombre 01/07/2023 09/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-229 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN TOVAR PEREZ NO APLICA Hombre 01/07/2023 09/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-230 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA DEL CARMEN CASAS SEGURA NO APLICA Mujer 24/06/2023 24/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2400 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-231 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 26/06/2023 25/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-232 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 25/06/2023 25/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 11659 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-233 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 26/06/2023 26/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-234 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 23/06/2023 23/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6967 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-235 FERIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CLAUDIO DAVID MORALES LOPEZ NO APLICA Hombre 30/06/2023 30/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 20042 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-236 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO ALBERTO RAMON LEON NO APLICA Hombre 30/06/2023 04/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2785 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-237 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COMERCIALIZADORA FARMACEUTICA DEL SURESTA SA DE CV Hombre 30/06/2023 02/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5250 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-238 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CARLOS AUGUSTO JUAN SANDOVAL NO APLICA Hombre 01/07/2023 02/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8586 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso c-JE-23-239 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA BUDO SENTO CHAMPIONSHIP SA DE CV Hombre 30/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 173450 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-240 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Mujer 03/07/2023 17/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/04/2023 30/06/2023 Permiso C-JE-23-241 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 23/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2571 0 No JEFATURA JURÍDICA DE COMERCIO 03/07/2023 30/06/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos."