49824 TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN "Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas" LTAIPVIL15XXVII "La información de cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones. La información se organizará por acto jurídico y publicarse a partir de la fecha en la que éste inició. " 1 4 4 9 2 2 2 1 9 1 1 1 1 9 4 4 1 7 2 6 7 7 7 9 7 2 4 13 14 450865 450878 450879 450855 450880 450866 450867 450859 450877 450860 450861 450862 450863 572003 450869 450870 450864 450875 450868 450881 450873 450872 450874 450882 450858 450856 450871 450876 450857 Tabla Campos Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de acto jurídico (catálogo) "Número de control interno asignado, en su caso, al contrato, convenio, concesión, entre otros." Objeto de la realización del acto jurídico Fundamento jurídico por el cual se llevó a cabo el acto Unidad(es) o área(s) responsable(s) de instrumentación Sector al cual se otorgó el acto jurídico (catálogo) Nombre(s) del titular al cual se otorgó el acto jurídico Primer apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Segundo apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Razón social del titular al cual se otorgó el acto jurídico ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Sexo (catálogo) Fecha de inicio de vigencia del acto jurídico Fecha de término de vigencia del acto jurídico Cláusula en que se especifican los términos y condiciones del acto jurídico "Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión" "Monto total o beneficio, servicio y/o recurso público aprovechado" "Monto entregado, bien, servicio y/o recurso público aprovechado al periodo que se informa" Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año "Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda" "Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso" Se realizaron convenios modificatorios (catálogo) "Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde" "Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información" Fecha de validación Fecha de actualización Nota 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-242 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-243 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-244 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-245 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 13/07/2023 13/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-246 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 13/07/2023 13/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 90110 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-247 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NORMA MENDEZ TRUJILLO NO APLICA Mujer 06/07/2023 20/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-248 IMPUESTO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA BUDO SENTO CHAMPIONSHIP SA DE CV Hombre 30/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 13991 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-249 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CARLOS QUIROZ VILLANUEVA NO APLICA Hombre 07/07/2023 07/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-250 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Mujer 06/07/2023 20/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-251 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA Mujer 01/05/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2864 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-252 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Mujer 07/07/2023 21/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-253 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ NO APLICA Mujer 07/07/2023 21/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-254 IMPUESTO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CARLOS QUIROZ VILLANUEVA NO APLICA Hombre 07/07/2023 07/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 63614 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-255 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 08/07/2023 22/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-256 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Mujer 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-257 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Mujer 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-258 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Mujer 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-259 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 07/07/2023 07/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10695 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-260 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 08/07/2023 08/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7883 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-261 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COPPEL SA DE CV Mujer 10/07/2023 10/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-262 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CARLOS QUIROZ VILLANUEVA NO APLICA Hombre 07/07/2023 07/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4962 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-263 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA CENTRO ESPECIALIZADO EN BELLEZA S.C. Hombre 11/07/2023 11/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-264 JUEGOS PERMITIDOS "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-265 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-266 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LETICIA SANTIAGO CHAVEZ NO APLICA Mujer 12/07/2023 26/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-267 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA UNIVERSIDAD MEXICANA PLANTEL VERACRUZ S.C. Mujer 18/07/2023 26/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2228 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-268 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ODIN DUPEYRON NAVARRETE GRUPO ODIN DUPEYRON SA DE CV Hombre 11/07/2023 11/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 34751 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-269 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ALBA PATRICIA BARRIOS MORALES NO APLICA Mujer 13/07/2023 16/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1600 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-270 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN LUIS CHAPARRO ARIAS CINEPOLIS DE MEXICO SA DE CV Hombre 01/05/2023 31/05/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-271 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN LUIS CHAPARRO ARIAS CINEPOLIS DE MEXICO SA DE CV Hombre 01/06/2023 30/06/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-272 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA VISION PRENDARIA SA DE CV Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-273 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIO HERNAN CUEVAS CERVERA NO APLICA Hombre 13/07/2023 13/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 29821 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-274 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 17/07/2023 19/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3102 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-275 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 16/07/2023 16/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8127 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-276 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/07/2023 16/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 7033 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-277 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 17/07/2023 17/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5671 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-278 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Mujer 18/07/2023 01/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-279 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS EDGAR GUERRERO MARQUEZ NO APLICA Hombre 20/07/2023 20/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 557 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-280 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JUAN DIEGO VEGA HERRERA NO APLICA Hombre 23/07/2023 23/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2000 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-281 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 21/07/2023 19/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-282 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LUIS MAGGI ARMENTA NO APLICA Hombre 19/07/2023 19/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10294 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-283 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado BAUTISTA GLORIA ROBERT NO APLICA Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-284 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANA LAURA CRUZ FELICIANO NO APLICA Mujer 24/07/2023 07/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-285 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 05/07/2023 08/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-286 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 26/07/2023 28/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3159 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-287 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADRIANA BARILLAS GARMA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 26/07/2023 28/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3159 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-288 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEONARDO VIRUES DOMINGUEZ NO APLICA Hombre 27/03/2023 27/03/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-289 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SERGIO MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Hombre 26/07/2023 09/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-290 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 26/07/2023 24/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-291 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CLARK MENDOZA SOLIS RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 27/07/2023 29/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3219 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-292 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA DEL CARMEN CASAS SEGURA NO APLICA Mujer 29/07/2023 29/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1600 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-293 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Mujer 31/07/2023 14/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-294 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Mujer 02/08/2023 16/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-295 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-296 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-297 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NORMA MENDEZ TRUJILLO NO APLICA Mujer 31/07/2023 14/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-298 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CESAR GILBON NO APLICA NO APLICA Hombre 04/08/2023 04/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 48600 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-299 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CESAR GILBON NO APLICA NO APLICA Hombre 04/08/2023 04/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2028 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-300 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado WENDY MONSERRAT ZAMORA WONG NO APLICA Mujer 01/08/2023 15/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-301 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CLAUDIA RIVERA ROGEL NO APLICA Mujer 05/08/2023 06/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-302 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RODOLFO IGLESIAS MORALES NO APLICA Hombre 05/08/2023 05/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3353 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-303 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCO ANTONIO HORTON LARA NO APLICA Hombre 21/04/2023 21/04/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1880 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-304 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-305 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Hombre 07/08/2023 21/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-306 GARANTIA "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PABLO MURILLO ZURITA NO APLICA Hombre 19/08/2023 19/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 21000 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-307 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTO ERNESTO VEGA GALINDO OPERADORA CANTABRIA SA DE CV Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 30422 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-308 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA COPPEL SA DE CV Mujer 05/08/2023 05/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-309 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JESUS JAVIER JUAREZ ALTAMIRANO NO APLICA Hombre 08/08/2023 12/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 8592 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-310 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA AVALOS NO APLICA VENTAS ROSAL SA DE CV Mujer 08/08/2023 22/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-311 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-312 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JOSE ALBERTO VEGA NO APLICA Hombre 08/08/2023 22/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-313 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado VICTOR MANUEL SANCHEZ GARCIA NO APLICA Hombre 06/08/2023 06/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10221 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-314 OBRA TEATRO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado RODOLFO IGLESIAS MORALES NO APLICA Hombre 05/08/2023 05/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3130 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-315 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Mujer 08/08/2023 22/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-316 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ NO APLICA Mujer 08/08/2023 22/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-317 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA Mujer 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-318 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MICHEL PRETELIN MALDONADO NO APLICA Mujer 11/08/2023 25/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-319 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-320 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-321 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Hombre 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-322 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 14/08/2023 28/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-323 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado CLARK MENDOZA SOLIS RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Hombre 15/08/2023 17/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3102 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-324 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA Hombre 01/07/2023 31/07/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-325 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FABIOLA LOPEZ MARTINEZ NO APLICA Mujer 16/08/2023 14/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-326 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 17/08/2023 19/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2862 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-327 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 24/08/2023 27/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3816 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-328 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 17/08/2023 19/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3580 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-329 JUEGOS PERMITIDOS "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado BAUTISTA GLORIA ROBERT NO APLICA Mujer 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-330 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/08/2023 15/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10592 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-331 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA GUADALUPE FUENTES LOPEZ VISION PRENDARIA SA DE CV Mujer 01/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-332 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SARAI ALVAREZ GIL NO APLICA Mujer 21/08/2023 04/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-333 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Mujer 21/08/2023 04/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-334 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANA LAURA CRUZ FELICIANO NO APLICA Mujer 21/08/2023 04/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-335 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 22/08/2023 22/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 951 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-336 BAILE "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PABLO MURILLO ZURITA NO APLICA Hombre 19/08/2023 19/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 11954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-337 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA AVALOS NO APLICA VENTAS ROSAL SA DE CV Mujer 23/08/2023 06/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico solo cuenta con un apellido. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-338 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA DISENSA RAIKER SA DE CV Mujer 25/08/2023 25/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1670 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-339 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 24/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-340 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TOMAS GUILLEN GARCIA NO APLICA Hombre 25/08/2023 08/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-341 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA XOCHITL MINA AMAYA NO APLICA Mujer 24/08/2023 07/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-342 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado JONATHAN AXEL PEREZ GONZALEZ NO APLICA Hombre 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-343 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado IVAN HERRADA CASAS NO APLICA Hombre 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-344 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado HEIDI PATRICIA PINZON NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-345 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado KARLA CRISTINA GUEVARA REYES NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-346 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA ISABEL LEON PERALTA NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-347 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUADALUPE GARCIA RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-348 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ARIADNA RIAÑO HERNANDEZ NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-349 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROCIO MARTINEZ VEGA NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-350 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado DIEGO CESAR SANCHEZ SANTIAGO NO APLICA Hombre 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-351 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MONICA SUGELI VELASCO ALFONSIN NO APLICA Mujer 26/08/2023 26/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 200 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-352 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 28/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-353 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROSA ISELA GARCIA MARTINEZ RADIOMOVIL DIPSA SA DE CV Mujer 28/08/2023 30/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5724 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-354 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 25/08/2023 22/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-355 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Mujer 28/08/2023 11/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-356 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 29/08/2023 12/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-357 EXPO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANA LUISA BRENIZ JUAREZ NO APLICA Mujer 01/09/2023 03/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 2682 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-358 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FINANCIERA CONTIGO SA DE CV Mujer 01/09/2023 01/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 557 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-359 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FAUSTINO LARA FLORES NO APLICA Hombre 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-360 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 16/08/2023 31/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 5472 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-361 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADA LUZ PEREZ ORELLANA NO APLICA Mujer 07/09/2023 21/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-362 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado FELIPE DAVID ORTEGA BALTAZAR OPERADORA CANTABRIA SA DE CV Hombre 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 31854 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-363 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANA LAURA CRUZ FELICIANO NO APLICA Mujer 11/09/2023 25/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-364 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado PATRICIA MARTINA FLORES DIMEX CAPITAL S. A. DE C. V. SOFOM ENR Mujer 11/09/2023 25/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-365 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3579 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-366 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado LEVI GUZMAN MORALES NO APLICA Mujer 01/08/2023 31/08/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-367 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SARA LUZ HERNANDEZ DIAZ NO APLICA Mujer 18/09/2023 17/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-368 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ NO APLICA Mujer 13/09/2023 27/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-369 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANAYELI CRUZ RAMIREZ GRUPO CLAPASA DEL SUR SA DE CV Mujer 13/09/2023 27/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-370 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Mujer 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-371 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Mujer 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-372 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA FABRICAS DE CALZADO ANDREA SA DE CV Mujer 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-373 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA AUTOBUSES RAPIDOS DE ZACATLAN SA DE CV Mujer 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-374 JUEGOS PERMITIDOS ARTICULOS 161 AL 168 DEL CÓDIGO 543 HACENDARIOA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado BAUTISTA GLORIA ROBERT NO APLICA Hombre 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-375 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado EUSEBIA MARIN RODRIGUEZ NO APLICA Mujer 18/09/2023 02/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-376 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado TANYA MOLINA LIRA NO APLICA Mujer 19/09/2023 03/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-377 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO ALVARADO ROSETE NO APLICA Hombre 17/09/2023 17/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 10912 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-378 BASQUETBOL "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO ALVARADO ROSETE NO APLICA Hombre 18/09/2023 18/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6065 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-379 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA PRESTAMO FELIZ SA DE CV Mujer 19/09/2023 03/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-380 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ROBERTO CARRERA JOTA NO APLICA Hombre 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-381 SIMULADOR "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ESTEBAN FILADELFO ARREDONDO ARGUELLO NO APLICA Hombre 20/09/2023 20/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 3042 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-382 ACTIVACION "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado NO APLICA NO APLICA NO APLICA EZPAWN MANAGEMENT MEXICO S. DE R.L. DE C.V. Hombre 29/09/2023 29/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 4293 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "Los campos “Nombre(s) del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, “Primer apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico”, y “Segundo apellido del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplican, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona moral. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-383 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA GUADALUPE FUENTES LOPEZ VISION PRENDARIA SA DE CV Mujer 01/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 6684 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-384 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado SUSANA AGUILAR ROJAS NO APLICA Mujer 25/09/2023 24/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 954 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-385 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARCELO HERNANDEZ CASTILLO NO APLICA Hombre 25/09/2023 24/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1432 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-386 VOLANTEO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ANA LAURA CANO TORRES NO APLICA Mujer 26/09/2023 26/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 557 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-387 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado ADA LUZ PEREZ ORELLANA NO APLICA Mujer 26/09/2023 10/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-388 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado XOCHITL DEL ROCIO ANASTACIO MOLINA NO APLICA Mujer 02/10/2023 13/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-389 MODULO INFORMATIVO "ARTICULOS 16, 60 Y 64 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado MARIA XOCHITL MINA AMAYA NO APLICA Mujer 29/09/2023 08/10/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 477 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos." 2023 01/07/2023 30/09/2023 Permiso C-JE-23-390 EXPO "ARTICULOS 42, 50 Y 55 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTÁCULOS PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ" JEFATURA DE ESPECTACULOS Privado GUILLERMO CASAS SEGURA NO APLICA Hombre 30/09/2023 30/09/2023 "ARTICULOS 59 AL 93 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ESPECTACULOS PARA EL MUNICIPIO LIBRE DE VERACRUZ" 1600 0 No Coordinación Jurídica de Comercio 02/10/2023 29/09/2023 "El campo “Razón social del titular al cual se le otorgó el acto jurídico” No Aplica, ya que el titular al cual se le otorgó el acto jurídico es una persona física. El campo “Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión” No Aplica, toda vez que de acuerdo a lo que establece el artículo 16 fracción XXII del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, es facultad del Director de Comercio, expedir los pases a Tesorería Municipal, a fin de que el contribuyente pueda realizar el pago del permiso correspondiente, en ese tenor, dicho documento (pase a Tesorería) no es otra cosa que un documento interno, que no contiene más que la referencia para que la oficina recaudadora pueda cobrar el permiso otorgado por esta Dirección de Comercio, para que a su vez, sea enterada la contribución a la Tesorería Municipal, y ésta, emita el recibo que acredita el pago hecho y que materializa el permiso otorgado; mismo que queda en poder del contribuyente, y no de este sujeto obligado, por lo que no se cuenta con el documento físico que acredite el pago sobre el permiso otorgado, permiso el cual surte sus efectos al momento de que el contribuyente entera al erario municipal, por tal motivo no es posible llenar el campo mencionado. Los campos “Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año”, “Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda”, “Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso.”, “Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde.”, No Aplican, toda vez que con fundamento en los artículos 16, 59 y 64 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz, el acto administrativo que se informa, no implica gasto a precios del año y/o un monto erogado y/o algún contrato plurianual modificado y/o implica un convenio modificatorio, y en consecuencia este sujeto obligado no posee, ni ha poseído, ni poseerá dicha información. Es por lo anterior que, de acuerdo con el correcto llenado del formato, Cuando un campo no aplique, debe llenarse, cuando sea un campo de texto, con un: No aplica, cuando sea un campo numérico un: 0, y dejarlo vacío cuando es hipervínculo o fecha. En consecuencia, se dejan vacíos."